Criterios
a "la uruguaya" |
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En
éste, mi querido país, resulta curiosa ―por
no decir tragicómica―, la heterogeneidad de los criterios que cada
cual tiene de cada cosa. Somos diferentes, únicos. Somos algo así como
una estirpe de opinólogos autodiplomados donde cada uno actúa de forma
distinta frente al mismo hecho, sin más regla que su propio
discernimiento. En
lo particular, nuestra forma de ser resulta entretenida para el prójimo,
y hasta divertida. Cuando un tema está en debate, no hay lugar para el
aburrimiento: la creatividad de nuestras ideas puede llegar a lo
novelesco... |
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En
lo general, la aplicación de esta naturaleza cambia las cosas. Si bien
mantiene la originalidad, lo que pierde totalmente... es la gracia. Y no
voy a hablar de las innumerables leyes que son sólo teoría y en la práctica
no se cumplen. No, no... eso ocurre en todos lados y no es exclusividad
nuestra. Voy a hablar de algo concreto, bien yorugua. Aquí tenemos leyes
que se convierten en puramente teóricas... ¡porque cada organismo
involucrado las interpreta como quiere! Los
gobiernos departamentales, por ejemplo, son una muestra clara de criterios
discordantes, sobre todo si se trata de Montevideo contra los otros
dieciocho. La comuna capitalina da la nota, perfilándose como favorita
insuperable en esto de los criterios "a la uruguaya". No
hace mucho, amparada en la Ley 13.102 referente a automóviles para
lisiados, pude rematricular mi auto, que desde hace dos años luce la
"matrícula naranja". Esto ofrece beneficios, uno de los cuales
es la exención de patente de rodados, que no es poca cosa. Sin embargo,
los que tenemos una discapacidad motriz apreciamos mucho más la ventaja
de poder estacionar en la puerta del lugar al que vayamos y el hecho de
pagar o no pagar nos resulta secundario. La
matrícula naranja es nacional para identificar un vehículo de lisiado en
cualquier lugar del país y evitarle multas cuando aparca en zonas no
permitidas. Esto está instrumentado en la Ordenanza General de Tránsito
de la Intendencia Municipal de Montevideo
―cuya versión vigente se puede descargar de su página WEB―,
y en base a esas normas se rigen las comunas de todos los Departamentos. Al
respecto, el Art. D 587.4 expresa: "Todos los vehículos cuyo
distintivo demuestra que pertenece a un discapacitado podrán estacionar
gratuitamente en la zona Azul y/o lugares céntricos siempre que no
perturben las normas de circulación de tránsito". En
el interior, con criterio unánime, el estacionamiento está permitido
siempre que no sea en medio de una bocacalle, obstaculizando una entrada
de garaje o en doble fila. Y en Montevideo solía ser igual, aunque últimamente
hay cambios que generan dudas. Se
fijaron nuevas zonas de exclusión habilitadas sólo para buses, que han
sido noticia en los informativos centrales de TV, justamente por quejas de
choferes multados por detener vehículos para el descenso y ascenso de
personas en escuelas especiales. Esos conductores no tienen matrícula
naranja ―obviamente
están sanos―, pero
se dedican a transportar discapacitados. Al
ver la extensa y detallada nota de exteriores en la que hablaron varios
damnificados, pensé en el texto del Art. D 587.7: "Asimismo podrán
estacionar en las zonas indicadas en el Artículo D. 587.4 los vehículos
de Instituciones de discapacitados identificados con el nombre de cada
institución en su parte exterior". Vivo
muy cerca de la capital, la transito mucho, y necesito estar bien
informada para evitar dificultades. Hice un mail a Tránsito de la IMM infotransito@pb.imm.gub.uy
pidiendo la información que necesitaba; pasaron veinte días y no obtuve
respuesta. Hice otro a la Comisión Nacional Honoraria del Discapacitado
del Ministerio de Desarrollo Social cnhd@adinet.com.uy
y allí sí me respondieron inmediatamente: "Más allá de
que hemos derivado su consulta a nuestro Asesor Jurídico, sería
conveniente que se comunicara con la Secretaría de Gestión Social para
la Discapacidad de la IMM" y me aportaron su teléfono. Por
supuesto, llamé. Como no habían sido informados al respecto, me
transfirieron la llamada a Tránsito, donde me expresaron que no sólo no
podemos estacionar en las nuevas zonas "sólo para buses", sino
que tampoco en ningún lugar donde existan carteles de "prohibido
estacionar". Como caso excepcional se puede detener un coche con matrícula
para lisiado para su descenso (conducido por otra persona), y retirar el
vehículo inmediatamente. "No vaya a dejar al auto solo porque se
lo podemos guinchar", me explicó el funcionario. Ante
esa respuesta, cité mi caso particular, que es el de innumerables
discapacitados motrices que no usan silla de ruedas sino bastones o
muletas. La respuesta me dejó perpleja: "Pueden estacionar en
todas las zonas 'azules' sin pagar ticket". (Cabe acotar que no
hay zonas azules en las avenidas; en el Centro están en las transversales
a Dieciocho de Julio y donde hay dos calles seguidas flechadas en el mismo
sentido, hay que alejarse tres cuadras del lugar a donde uno va). El
funcionario de Tránsito debe haber notado cierta desesperanza en mi voz,
porque agregó: "Bueno, si tiene mucha dificultad para caminar,
los inspectores se van a dar cuenta y la van a dejar estacionar"...
Le agradecí y corté. ¿Cómo va a saber un inspector cómo camino si no
hay ninguno cuando estoy estacionando? Y el que aparezca después, va a
encontrar el auto solo y sería de aplicación lo que me dijo antes. Son
dos afirmaciones opuestas del mismo funcionario municipal. A
todo esto, recibí por mail la respuesta de un Asesor Jurídico del CNHD:
"Respecto a la consulta se informa: Actualmente la normativa
existente no hace mención a los autos de discapacitados, por lo tanto en
mi opinión no están incluidos, es decir, podrían estacionar en esas
zonas no autorizadas para los demás autos". Es el concepto de un
abogado, Asesor Jurídico en la materia. Volvemos
a los criterios "a la uruguaya" donde cada entidad involucrada
interpreta las normas según su propia visión.
Es evidente que no puedo elegir la opinión que más me favorezca, porque
quien aplica las abultadas multas y llama el guinche es la IMM, la misma
que reconoce únicamente como discapacitado motriz a aquél que se
desplaza en silla y de los demás supone que tenemos incapacidad económica,
restándole importancia a lo físico, como si no existiera. Las
personas que están en mi condición, no tienen posibilidad de ir a la
Biblioteca Nacional, por ejemplo, ni a un Banco u oficina pública de la
capital, aunque no haya ninguna norma escrita que así lo exprese específicamente,
porque cada uno va a determinar a su manera cómo se perturban las normas
de circulación de tránsito. A
la IMM no le importa que la Ordenanza General de Tránsito la hayan
redactado ellos ―para
no cumplirla―, cuando los otros dieciocho Departamentos la interpretan y
aplican como indica su texto. ¿Y
qué hacemos nosotros para movilizarnos por la ciudad?, ¿contratar un
chofer y comprarnos una silla de ruedas?, ¿deshacernos del auto y viajar
en taxi? Lamentablemente
el valor de la patente anual que no pago, más el de los tickets de
estacionamiento azul que también me quieren regalar, no cubre ni la centésima
parte de lo que me costarían las otras opciones. O
tal vez deba pensar en ampararme al artículo 25 de la Ley de Protección
Integral a Personas con Discapacidad, de 9/3/2010: "Facúltase al
Poder Ejecutivo a crear el Programa de Asistentes Personales para Personas
con Discapacidades Severas, requiriendo para su instrumentación la
intervención del Banco de Previsión Social". Al fin y al cabo
soy uruguaya y tengo derecho a interpretar la palabra "severas"
con el criterio que se me cante, ¿no? Y
ahora, dejando de lado alternativas utópicas y pensamientos irónicos,
les diré lo que realmente hago cuando tengo que moverme en las zonas
"prohibidas para discapacitados" de la capital: Busco
un parking particular donde dejar el coche, llamo un taxi con mi teléfono
celular para que me lleve a destino ―así
quede a sólo dos cuadras de distancia―, y como no puede esperarme en la puerta, lo despido. Hago
la diligencia que sea, pido otro taxi para volver al parking, me subo al
auto y regreso a casa. Saliendo
más por necesidad que por gusto, ¿cuánto gasto por año en esas
inevitables vueltas? Más o menos lo mismo que me costaría la patente de
rodados. Claro que si tomara el taxi en la puerta de mi casa como si no
tuviera auto, me saldría muchísimo más caro... ¡estoy a 17 Km. del
punto cero de la ciudad! ¿Se están preguntando para qué me sirve la
matrícula naranja? ¡Yo también! Y
no vayan a pensar que la IMM me impone este castigo como represalia porque
no puede cobrarme la patente... porque mi empadronamiento corresponde a
Canelones, mi jurisdicción. Muchas
horas, días, meses y años de deliberaciones en el Parlamento para
aprobar leyes que nos amparen... para que la Intendencia de Montevideo se
muera de risa de cada una de ellas, de cómo las instrumenta en su propia
Ordenanza de Tránsito... y hasta de cómo las explicaciones que da su
vocero por TV se dan de patadas con lo que hacen los inspectores en la
calle. ¿Es o no el organismo que tiene el Master en cuanto a los criterios "a la uruguaya"? |
Elizabeth Oliver de
Abalos
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