Trabajé 35 años en la Intendencia
Municipal de Montevideo, hasta que me cesaron por enfermedad desde el 1
de agosto del 2012.
En esos años, 35, reitero, conviví con la
existencia de ADEOM. Fui socio infinidad de años, desde el retorno a la
democracia hasta muchos años después, más de 25 seguro. Un día me di
cuenta que ADEOM defendía a los "compañeros" y no a la totalidad de los
funcionarios municipales, ese día solicité mi baja como socio de ADEOM.
Supuestamente todos somos iguales ante la Ley, pero la realidad es que
hay algunos "más iguales" que otros. A algunos se les defiende y a
otros, muchos, no.
Me llamó la atención el título del diario
"El País": Adeom denunció 25 casos de "abuso" a comisión de DD.HH. ,
obviamente no me quedé en el título, leí el artículo. No estoy en contra
de que se proteja a estos funcionarios, por el contrario, me parece muy
buena cosa. Lo que si es llamativo es que no se tenga con todos los
funcionarios la misma actitud.
En mi caso, pero en el de otros también,
se aplica un artículo a todas luces arbitrario y ADEOM nunca se movilizó
para derogarlo:
En caso de cese por enfermedad, si
el funcionario tuviera causal jubilatoria común, se procederá a
darle la baja para acogerse a los beneficios jubilatorios, el
último día del mes en que el Tribunal Médico haya aconsejado el
cese de la relación funcional o del mes en que haya ocurrido el
vencimiento de los plazos máximos de licencia por enfermedad.
Si el funcionario no tuviera
causal jubilatoria común, se le otorgará licencia con goce de
sueldo mientras se tramita de oficio y hasta tanto se le apruebe
la causal de incapacidad laboral y obtenga derecho a la
jubilación, con un plazo de seis meses prorrogables por única
vez por igual período previo informe de la Unidad de Cuentas
Personales del Servicio Administración de Gestión Humana.
En casos debidamente
justificados, esta licencia podrá ampliarse hasta por otros seis
meses improrrogables pero abonándose solamente la mitad del
sueldo que se pagaba en el período precedente. Si al funcionario
no le aprobara la causal referida el Banco de Previsión Social y
no tuviera derecho a la jubilación, se le otorgará una única y
definitiva compensación de seis meses de sueldo y se procederá a
darle la baja de los cuadros funcionales.
Siempre que fuera necesaria la
presencia del funcionario o el aporte de cualquier documentación
que obrare en su poder, y éste omitiere o demorase su
presentación, se suspenderá sin más trámite el pago de los
haberes hasta que el funcionario se presente ante la oficina
citante o adjunte la documentación requerida.
En mi caso padecí microinfartos cerebrales
que llevaron a que un funcionario, que estaba calificado con 97,5 puntos
sobre 100 posibles, un día, obligado por la enfermedad, hiciera uso de
todos los días de licencia reglamentaria, los correspondientes de
licencia médica, hasta que se formó un tribunal médico en la Intendencia
Municipal de Montevideo que aconsejó mi cese para jubilarme. Hete aquí
que los médicos del BPS discreparon con sus colegas y no me jubilaron,
por lo cual fui cesado. Lo llamativo, además, es que todo esto bajo un
gobierno "progresista" .. menos mal.
No quiero politizar el tema, lo que quiero
es sobrevivir, tan simple como eso. Puedo trabajar en cosas similares a
Letras Uruguay, que no genera "donaciones", más allá de alguna muy
esporádica y de poca cuantía, que, lógicamente se agradece mucho.
El Sr. Presidente de la República generó
cierto revuelo cuando dijo, en su visita al Pte. Obama, que "a los
uruguayos no nos gusta mucho trabajar .." palabra más, palabra menos,
pero ese es el concepto empleado por el Primer Mandatario. Ante eso
envié a su Secretaría Privada y a al Sr. Secretario de la Presidencia,
mi ofrecimiento de digitalizar cualquier archivo que dispusieran a
cambio del apoyo siempre negado a Letras Uruguay. Ese apoyo lo pedía
para poder vivir dignamente trabajando .. no tuve respuesta.
Reitero una vez más que Uruguay no cumple
Art. 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el cual
expresa:
Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le
asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial
la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los
servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en
caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de
pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes
de su voluntad.
A ADEOM le pido que se ocupe de la derogación del Art. D 129 y que en
lugar del mismo se contemple a los que no elegimos los que nos pasó o
pasa, sucede y le puede suceder a cualquiera. La duda es si en algunos
casos se aplicará u otra vez pesarán los más iguales que otros.
Al gobierno uruguayo le pido que cumpla
con el Art. 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Link de la nota en el diario "El País"
http://www.elpais.com.uy/informacion/adeom-denuncio-casos-abuso-comision.html
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