Defensa de la Isla
Calero |
Qué importante es conocer el pensamiento de dos distinguidas personas del país, manifestándose a favor de la defensa de Isla Calero. Uno de ellos, el doctor Jaime Gutiérrez Góngora, le pide a la Sala IV ordenar la defensa de la isla, para lo cual interpone una acción de inconstitucionalidad contra el Gobierno por no actuar como tendría que hacerlo. Acusa que a pesar de lo que indica el artículo 140, inciso 16 de la Constitución Política, no se ha hecho nada por defender el territorio nacional de una invasión. Otro distinguido ciudadano, es el periodista y profesor universitario licenciado Claro González Valdés, (LA PRENSA LIBRE, 12/2/2011), quien hace una reseña histórica de nuestra devoción por la democracia, la libertad y la paz. Aclara el licenciado González, que Carlos V fijó los límites de Costa Rica, siendo desde entonces su extremidad norte Punta Castilla y que en el mapa Sinóptico de 1539 – 1540, se presenta sin lugar a dudas toda la Isla Calero, íntegra, dentro del territorio nacional. Más adelante, de conformidad con el Laudo Cleveland del 22 de marzo de 1888, se dice que el tratado Jerez-Cañas es válido. Que Nicaragua no puede desviar las aguas del río San Juan si perjudica la navegación a nuestro país y que en caso, se dañen tales derechos naturales en una concesión de canal, el consentimiento de Costa Rica es necesario. Los gobiernos de Nicaragua, en el Siglo XIX y a lo largo del Siglo XX, siempre han dado muestras de grandes amenazas de invasión y guerra contra Costa Rica. Durante los pocos años que lleva el nuevo Siglo XXI, asegura el licenciado González, el presidente Ortega de Nicaragua nos ha hecho ya dos conflictos, uno en el 2009, durante la firma del tratado y otro en el 2010, con la invasión al territorio. Mientras tanto, el gobierno y nosotros como pueblo, seguimos con los brazos cruzados, muy campantes y esperando que organizaciones internacionales nos vengan a defender de la invasión, como si de la noche a la mañana, nos hubiéramos convertido en mansas e indefensas ovejitas. Pero, a quién le corresponde la defensa del territorio nacional, si no es a la Fuerza Pública, asegura el doctor Gutiérrez Góngora y es esta precisamente la pregunta que el distinguido médico le hace a la Sala Constitucional. Yo por mi parte, también interesado y muy extrañado del comportamiento de nosotros los costarricenses, debo aclarar que aunque esté ya con algunos años, no tengo miedo y con gusto, prestaría mis servicios al país pero, también hago la aclaración, que con fundamento en el artículo 12 de los citados, las funciones encargadas a la Fuerza Pública son tres: la defensa del territorio nacional, vigilancia y conservación del orden público. Recordemos que la Fuerza Pública ya tuvo que atender problemas de defensa de la seguridad nacional. ¿Qué le sucede ahora a esa Institución? |
Dr.
Eliseo Valverde Monge
La Prensa Libre (Costa
Rica)
14 Feb 2011
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