Elaborado por Lic. en Ciencias Biológicas Silvia María Gigli, Ingeniera Forestal Mercedes Susana Sá y Lic. en Ciencias Biológicas María Luisa Carranza
Ushuaia, 20 de Octubre de 2010.
SOBRE PROYECTO DE LEY AMPLIACIÓN EJIDO URBANO DE TOLHUIN
ASUNTO Nro. 51 – Período Legislativo 2009 / Girado a Comisión Nro. 3
PODER LEGISLATIVO
El presente Informe Técnico ha sido dividido en dos partes: la Parte I refiere a una revisión del Proyecto de Ley presentado, destacando algunos aspectos que hacen a la justificación del mismo y que a criterio de esta área técnica resultan argumentos contradictorios, puesto que gran parte de las razones que se esbozan para fundamentar la necesidad de ampliación del ejido municipal de la Comuna de Tolhuin, se contraponen con el Proyecto de Ley presentado que promueve la desafectación de dos reservas integrantes del Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas (S.P.A.N.P. Ley Provincial Nro. 272), probablemente por desconocimiento de la oportunidad que ambas áreas naturales protegidas representan para el desarrollo provincial y particularmente para el posicionamiento y desarrollo de la Comuna de Tolhuin. En consecuencia, en la Parte II se realiza una descripción somera de ambas reservas, de su importancia para la Comuna de Tolhuin y su futuro desarrollo, su aporte a la conservación de la biodiversidad y los avances que en materia de implementación de ambas áreas se han realizado al presente y fundamentalmente se detalla cómo ambas contribuyen a cumplimentar gran parte de los objetivos que se persiguen al plantear la ampliación del ejido municipal, por lo cual su desafectación iría en desmedro de lo que se pretende impulsar desde el punto de vista del desarrollo de la Comuna de Tolhuin, particularmente del esfuerzo manifestado para posicionar a la misma como alternativa turística y de la promoción del bien común público.
PARTE I:
Del Proyecto y sus Fundamentos
En la Descripción que se hace del Marco Geográfico e Histórico, se infiere que actualmente serían 6000 aproximadamente los habitantes que componen la población estable de la Comuna de Tolhuin, número que a criterio de esta área técnica probablemente sea inferior si nos basamos en los resultados arrojados por el censo experimental realizado el 14 de noviembre de 2009 que dio un número de 2349 habitantes y 1300 viviendas (extraído de (http://www.indec.mecon.ar/censo2010/informe experimental.pdf Documento "Censo Nacional de población, hogares y viviendas 2010. Alcance, implicancias y resultados del censo experimental 2009" - INDEC). Siendo que la superficie del ejido es de aproximadamente 5426 ha, la densidad de viviendas sería de 4 viviendas / ha y la densidad de población sería de 2.3 habitantes / ha, aunque el número definitivo será reflejado en el Censo Nacional que tendrá lugar el próximo 27 de octubre. Se hace asimismo hincapié en que: “los habitantes que componen la población estable, contribuyendo con esfuerzo y trabajo al crecimiento sostenido que se ha generado a partir de la principal actividad económica, relacionada con la actividad forestal”…Asímismo se menciona que: “En el plano turístico se trabaja arduamente en posicionar al pueblo como alternativa turística”.
En relación a los antecedentes y fundamentos legales se menciona entre otros aspectos y en relación al preámbulo de la Constitución Nacional el hecho de que “Promover el bienestar general es tender al bien común público”. Así como también se hace mención al preámbulo de la Constitución Provincial, refiriendo a que: “el preámbulo contiene como fin u objetivo propugnado por los constituyentes el de “promover el desarrollo económico para el logro del bienestar general”, el cual se asocia directamente con el art. 63º de la Carta Magna Provincial, como medio para su realización”.
Al referirse a la evolución
normativa del ejido urbano de Tolhuin, se menciona el hecho de que el
15 de enero de 1999 se sancionó la Ley Provincial 475, que ampliaba
el ejido urbano de Tolhuin y posteriormente en mayo de 2001 se sancionó
la Ley Provincial Nro. 529 que derogó en todos sus términos la Ley
Provincial 475, sancionándose el 12 de julio de 2001 la Ley
Provincial Nro. 530, la cual mantenía en…”calidad de reserva
turística restringida, los sectores que por efectos de la derogación
de la Ley Provincial Nro. 475, fueran desafectados del ejido urbano de
la Comuna de Tolhuin, hasta tanto las tareas de zonificación y
planificación del Poder Ejecutivo Provincial den lugar a otra que
genere el marco apropiado”.
Ya en el año 2003, a esos
sectores resguardados en calidad de reserva turística restringida, se
les otorgó un uso a través de la promulgación de las leyes
provinciales 599 y 600 que dieran origen a las Reservas Provinciales
de Uso Múltiple Laguna Negra y Río Valdez respectivamente, creadas
en el marco del régimen del Sistema Provincial de Áreas Naturales
Protegidas dispuesto por la Ley Provincial Nro. 272.
Finalmente en lo que hace al punto “Ejido Urbano de Tolhuin: Ampliación”, es destacable la fundamentación que se hace en relación a su perfil de “villa turística” y del “turismo recreativo interno” según se desprende de los siguientes párrafos: “Su desarrollo fue impulsado desde el Estado con el objeto de poblar el lugar, la ubicación geográfica privilegiada y su perfil como “villa turística” han contribuido a aumentar el caudal de personas que deciden vivir y radicarse definitivamente en Tolhuin, como asimismo visitar como turistas dicha localidad. La afluencia del llamado “turismo recreativo interno” proveniente de localidades aledañas y el lanzamiento de Tolhuin al mercado turístico nacional e internacional, ha provocado un flujo adicional y constante que sumado a la cantidad de habitantes radicados en forma permanente en dicha localidad, requieren el asentamiento de nuevas viviendas permanentes y de fin de semana, de comercios y de emprendimientos turísticos y productivos generando un correlativo aumento en la demanda de solicitudes de adjudicaciones de tierras fiscales”.
En el marco de lo expuesto, se desprende que las razones que se esbozan para fundamentar la necesidad de ampliación del ejido municipal de la Comuna de Tolhuin, son en esencia coincidentes con las razones que justifican la creación y permanencia de las áreas naturales protegidas que pretenden desafectarse en el marco del Proyecto precitado. En este sentido, las integrantes del Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas resultan una oportunidad para posicionar a la Comuna y la zona centro de nuestra Provincia, y si bien no resultan adecuadas para el “asentamiento de nuevas viviendas permanentes y de fin de semana y de comercios”, resultan fundamentales para posicionar a la comuna como “villa turística”, para fomentar el “turismo recreativo interno” y “el lanzamiento de Tolhuin al mercado turístico nacional e internacional”. No menos importante resulta la promoción del “bienestar general” que como se desprende de la fundamentación del proyecto “es tender al bien común público”. Esto se logra conservando dos áreas naturales protegidas para el uso y disfrute de la comunidad toda.
PARTE II:
Del Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas y las Reservas Provinciales Laguna Negra y Río Valdez
El Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas (S.P.A.N.P.), establecido mediante Ley Provincial Nº 272 se encuentra actualmente conformado por las siguientes 6 áreas naturales protegidas que contribuyen a la conservación de distintos ecosistemas del territorio provincial:
Reserva Provincial Isla de los Estados (declarada por el Art. 54º de la Constitución Provincial)
Reserva Costa Atlántica de Tierra del Fuego (Ley Provincial 415)
Reserva Playa Larga (Ley Provincial 384)
Reserva Corazón de la Isla (Ley Provincial 494)
Reserva Laguna Negra (Ley Provincial 599)
Reserva Río Valdez (Ley Provincial 600)
La gestión del Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas se enmarca en el deber indelegable del Estado Provincial de proteger el medio ambiente y preservar los recursos naturales, ordenando su uso y aprovechamiento y resguardando el equilibrio de los ecosistemas.
La superficie que hoy
abarcan la totalidad de las áreas que integran el SPANP, suma un
total aproximado de 183.000 Ha. No obstante la superficie protegida en
nuestra provincia, aún sumando la superficie que aporta el Parque
Nacional Tierra del Fuego, sólo representa un 7,41% del territorio
provincial, este porcentaje es considerado de representatividad
insuficiente al evaluar la superficie protegida, de acuerdo al Informe
Nacional sobre Áreas Protegidas en la Argentina, del II Congreso de
Parques Nacionales y otras Áreas Protegidas (2007).
Se debe mencionar también que en el marco de los compromisos asumidos por nuestro país, debieran cumplimentarse entre otros objetivos y de acuerdo al Convenio Internacional de Diversidad Biológica, del cual nuestro país es signatario, la promoción del establecimiento de Sistemas Provinciales de Áreas Protegidas e incrementar la creación y desarrollo de áreas protegidas.
Los sistemas de áreas naturales protegidas constituyen una de las herramientas más importantes para la conservación de la naturaleza y el desarrollo regional, basado en actividades vinculadas al uso de los ambientes y recursos naturales. Las áreas protegidas no solo son esenciales para la conservación de la naturaleza, la supervivencia de especies amenazadas de extinción y para el resguardo del patrimonio natural sino que son generadoras de fondos para el apoyo a la economía local y nacional, y de empleos (especialmente a través del turismo). Algunas de ellas permiten la realización de actividades desarrolladas en forma sustentable tales como la pesca y el uso forestal. Asimismo brindan espacios para la convivencia armónica del hombre con la naturaleza, la educación ambiental y la recreación de las actuales y futuras generaciones.
En el caso particular de las Reservas Provinciales de Uso Múltiple Laguna Negra y Río Valdez, por su cercanía a la Comuna de Tolhuin, constituyen una verdadera oportunidad para el desarrollo de la zona centro de la Isla, no sólo desde el punto de vista de lo que representan en cuanto a la conservación de biodiversidad, sino particularmente por tratarse de ambientes naturales que brindan a la sociedad y principalmente a los habitantes de la comuna, un espacio para un contacto genuino con la naturaleza, su disfrute y la posibilidad de conectarse espiritualmente con paisajes que resultan singulares. Ante la disminución paulatina de ambientes naturales de uso público en la Provincia y la dificultad de acceder a lugares que antiguamente constituían espacios de todos, la conservación de ambas Reservas resulta aún más necesaria para la población local, que claramente necesita de espacios de esparcimiento y conexión con los ambientes naturales. Por otro lado, y de acuerdo al tipo de categoría de manejo otorgada a ambas áreas protegidas: “Reserva Provincial de Uso Múltiple”, la misma es equivalente a lo que la UICN (Unión Internacional de Conservación de la Naturaleza) clasifica como áreas protegidas de Categoría VI, equivalente a “uso sostenible de los recursos naturales” es decir un área protegida con recursos manejados. Esto implica, que ambas áreas constituyen además un valioso recurso para el desarrollo turístico de la Comuna y en ambas reservas está permitido el uso forestal en un marco de sustentabilidad, aunque claramente debe existir una compatibilidad en qué uso quiere priorizarse sobre el otro y en este caso y de acuerdo a las leyes que originan ambas reservas, el uso turístico resulta prioritario por sobre los demás.
En definitiva, la
permanencia, conservación y puesta en valor de ambas Reservas resulta
clave tanto en el presente como con una visión de futuro. Su
conservación asimismo redundará en mayores beneficios tanto económicos
como ambientales, principalmente para todos los habitantes de la
Comuna de Tolhuin, por lo cual resultaría un verdadero error
desafectar estas Reservas del Sistema Provincial de Áreas Naturales
Protegidas.
A continuación se presenta
una ficha técnica de la Reserva Provincial Laguna Negra y la Reserva
Provincial Río Valdez. Como Anexos se incorporan dos mapas que dan
cuenta de la ubicación de ambas Reservas y el ejido de la Comuna de
Tolhuin; copia de las Leyes Provinciales 599 y 600; copia del plano de
mensura de ambas áreas naturales protegidas y copia de la Escritura Nº
150 que da cuenta de la Inscripción dominial a nombre del Gobierno de
la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico
Sur de la Reserva Provincial Río Valdez, encontrándose en tramitación
la Inscripción dominial a nombre del Gobierno de la Provincia de la
Reserva Provincial Laguna Negra mediante expediente Nro. 13595 – EC
/ 2010; copia del Proyecto de Ley de Ampliación del Ejido de Tolhuin;
1 revista del Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas.
RESERVA PROVINCIAL LAGUNA NEGRA
SISTEMA PROVINCIAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS
Establecida por Ley Provincial Nro. 599 en el año 2003
Límites:
“al Norte, parte del límite Sur de la parcela rural 116F del
departamento Río Grande; al Este, parte del límite Oeste del ejido
urbano de Tolhuin, creado por Ley territorial Nº 72; al Sur, parte de
la línea de costa Norte del lago Fagnano; y al Oeste, parte del
meridiano 67º 18’ 25” de longitud Oeste.”
Superficie: 1.390 hectáreas 64 áreas 15,68 centiáreas – Planos: 2-40-10 (361) – Dirección General de Catastro.
Dominio: Nomenclatura Catastral: Departamento Río Grande. Sección R Parcela 361. Inscripción dominial tramita mediante Expte. 13595 – EC/2010.
Autoridad de Aplicación:
Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente del Gobierno de la
Provincia de Tierra del Fuego, de la cual depende la Dirección de Áreas
Protegidas y Biodiversidad, quien tiene entre sus misiones y funciones
la administración y manejo del Sistema Provincial de Áreas Naturales
Protegidas.
Categoría de Manejo: Reserva Provincial de Uso Múltiple
Implicancias de la categoría
de manejo según la Ley Provincial Nro. 272 que rige el Sistema
Provincial de Áreas Naturales Protegidas: La categoría de manejo de
“Reserva Provincial de Uso Múltiple” se enmarca dentro los
ambientes de conservación y producción que se clasifican dentro de
las áreas de aptitud productiva controladas técnicamente por el
Estado.
Cabe aclarar que para esta Reserva, de acuerdo al Art.2 de la Ley Provincial Nro. 599 que refiere a que “dicho emplazamiento quedará enmarcado en el Art. 2º de la Ley Provincial Nº494” (ley que crea la Reserva Corazón de la Isla), realizada oportunamente la consulta técnica a la Secretaría Legal y Técnica de la Provincia, rige sin perjuicio de lo que se reglamente en la Ley Provincial Nº599 lo normado en el Decreto Nro. 65/ 2004, reglamentario de la Ley Provincial Nº 494 (Dictamen S. L .y T. Nº 639/07).-
Ecosistemas que conserva y
breve descripción del área: Esta reserva comprende parte del bosque
deciduo presente en nuestra provincia. Este bosque está dominado por
lenga (Nothofagus pumilio), también se presentan bosques de ñire
(Nothofagus antarctica). Todo este sector brinda hábitat
propicio para distintas especies de nuestra fauna (aves y mamíferos
que se observan principalmente en la zona centro de la provincia). La
cercanía a la comuna de Tolhuin permite un contacto directo con la
naturaleza. Este tipo de bosques de lenga son unidades únicas dado
que carecen de un exuberante sotobosque como los que existen en los
bosques andino-patagónicos continentales. Comprende masas de
“bosque productivo”. En ésta área se destaca la presencia de la
Laguna Negra, cuerpo de agua que se encuentra separado del Lago
Fagnano por un cordón de grava, formada durante un gran movimiento sísmico.
El desarrollo de la actividad turístico recreativa es priorizado en
este sector si bien se admite el uso forestal en un marco de
sustentabilidad.
Estado de implementación:
El Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego a través de la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente de la cual depende la Dirección de Áreas Protegidas y Biodiversidad, en concordancia con el objetivo de implementar y consolidar el Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas (establecido por Ley Provincial 272) y en consecuencia poner en valor las áreas naturales protegidas que lo conforman, ha incorporado recientemente mediante contrato de locación de servicios a 4 guardaparques seleccionados por convocatoria pública que suman un total de 5 guardaparques para desempeñarse en el Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas (S.P.A.N.P.), con particular dedicación a las reservas provinciales de zona centro: Reserva Corazón de la Isla, Reserva Laguna Negra y Reserva Río Valdez. Este personal especialmente formado con el título de Guardaparque se desempeñará ejerciendo tareas de fiscalización y control particularmente en las áreas naturales protegidas mencionadas, asegurando una presencia y mantenimiento de las mismas a partir de la presente temporada estival.
Por otro lado desde la Dirección General de Catastro se concretó la mensura de esta área natural protegida, mediante plano de mensura Planos: 2-40-10 (361) y la inscripción de titularidad dominial tramita mediante Expte. 13595 – EC / 2010.
Asimismo, se implementó en marzo de 2009 el sendero de interpretación “Paisaje en Movimiento”, con cartelería e información especialmente elaborada a tal fin, producto de un proyecto conjunto ejecutado por la Dirección de Áreas Protegidas y Biodiversidad (S.D.S.y A.) y el INFUETUR, con financiamiento de la SECTUR (Secretaría de Turismo de la Nación) en el marco del Programa de Fortalecimiento de Destinos Emergentes (PROFODE), ofreciendo una oferta turístico-recreativa para la puesta en valor del área protegida, cuyo principal beneficiario es la Comuna de Tolhuin y aquellos que la visitan. El mantenimiento de este sendero, que implica entre otros aspectos la reposición y repintado de cartelería, evitar la erosión, evitar acciones de vandalismo y prevención de incendios forestales así como también el acompañamiento en actividades de extensión a requerimiento de distintos establecimientos educativos de nuestra provincia, está a cargo de los guardaparques y personal técnico dependiente de la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente de la Provincia.
Actualmente se encuentra en vías de implementación el proyecto presentado por la Dirección de Áreas Protegidas y Biodiversidad (S.D.S.y A.) y cuyo financiamiento fuera aprobado en el marco de la Ley Nacional de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos Nº 26331: “Restauración ambiental y paisajística de sectores que han sido sometidos a aprovechamiento forestal dentro de las Reservas Provinciales de Uso Múltiple Corazón de la Isla y Laguna Negra”, el cual abarca un sector de la Reserva Laguna Negra donde se ha realizado aprovechamiento forestal hasta abril del corriente año.
RESERVA PROVINCIAL RÍO
VALDEZ
SISTEMA PROVINCIAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS
Establecida por Ley Provincial Nro. 600 en el año 2003
Límites: “al Norte,
parte de la línea de costa Sur del Lago Fagnano; al Este, parte de
los límites Oeste y Sur del ejido urbano de Tolhuin creado por la Ley
territorial Nº 72, y parte del límite Oeste del ex lote rural Nº 89
del Departamento de Ushuaia; al Sur, parte del paralelo 54º 38’
40” de latitud Sur; y al Oeste, parte de las riberas orientales del
arroyo Tumbadero y del río Valdéz.”
Superficie: 2343 hectáreas
07 áreas 90.40 centiáreas. Planos 1-40-07 - Dirección General de
Catastro.
Dominio: Nomenclatura
Catastral: Departamento Ushuaia. Sección R Parcela 323. Inscripción
dominial a nombre
del Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur – Escritura Nº 150.
Categoría de Manejo: Reserva Provincial de Uso Múltiple
Implicancias de la categoría de manejo según la Ley Provincial Nro. 272 que rige el Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas: : La categoría de manejo de “Reserva Provincial de Uso Múltiple” se enmarca dentro los ambientes de conservación y producción que se clasifican dentro de las áreas de aptitud productiva controladas técnicamente por el Estado.
Ecosistemas que conserva y
breve descripción del área: Este sector comprende parte de la
ecorregión de bosque andino-patagónico, correspondiente al bosque
deciduo de lenga (Nothofagus pumilio) principalmente y especies
arbóreas y arbustivas asociadas. En esta reserva se observa la
presencia de turberas de Sphagnum sp., muestra de los humedales
existentes en esta zona. El sector comprendido por la reserva presenta
una gran cantidad de caminos producto de la pasada actividad forestal
y un tramo de la antigua traza de la ruta nacional Nº 3 constituye
parte de un camino costero que permite apreciar la inmensidad del
paisaje en la margen sur del Lago Fagnano. Existen en la reserva dos
cuerpos de agua importantes desde el punto de vista recreativo y
paisajístico: Laguna del Indio y la Laguna de Aguas Blancas, laguna
de origen glacial, rodeada de ambiente de turberas. Ambos cuerpos de
agua permiten a la comunidad realizar actividades recreativas y
valorar el entorno natural. La proximidad a un centro poblado permite
el contacto directo con estos paisajes que para otros habitantes del
país resultan tan remotos. Esta reserva contempla al mismo
tiempo un uso educativo en cuanto a contacto directo con la
diversidad, manejo forestal y evolución del bosque luego del mismo.
Estado de implementación:
El Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego a través de la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente de la cual depende la Dirección de Áreas Protegidas y Biodiversidad, en concordancia con el objetivo de implementar y consolidar el Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas (establecido por Ley Provincial 272) y en consecuencia poner en valor las áreas naturales protegidas que lo conforman, ha incorporado recientemente mediante contrato de locación de servicios a 4 guardaparques seleccionados por convocatoria pública que suman un total de 5 guardaparques para desempeñarse en el Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas (S.P.A.N.P.), con particular dedicación a las reservas provinciales de zona centro: Reserva Corazón de la Isla, Reserva Laguna Negra y Reserva Río Valdez. Este personal especialmente formado con el título de Guardaparque se desempeñará ejerciendo tareas de fiscalización y control particularmente en las áreas naturales protegidas mencionadas, asegurando una presencia y mantenimiento de las mismas a partir de la presente temporada estival.
Por otro lado desde la Dirección General de Catastro se concretó la mensura de esta área natural protegida, mediante plano de mensura: Planos 1–40-07 inscribiéndose la titularidad del dominio a nombre del Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur mediante escritura Nº 150 (se adjunta copia).
Asimismo, se implementó en marzo de 2009 el sendero “Mirador del Cerro Jeujepén”, con implementación de cartelería, mejoramiento de la traza del camino de ingreso (perfilado, abovedado y la construcción de obras de arte), el mejoramiento paisajístico del área de la base del Cerro Jeujepen (cantera) e información especialmente elaborada a tal fin, producto de un proyecto conjunto ejecutado por la Dirección de Áreas Protegidas y Biodiversidad (S.D.S.y A.) el INFUETUR y Vialidad Provincial, con financiamiento de la SECTUR (Secretaría de Turismo de la Nación) en el marco del Programa de Fortalecimiento de Destinos Emergentes (PROFODE), ofreciendo una oferta turístico-recreativa para la puesta en valor del área protegida, cuyo principal beneficiario es la Comuna de Tolhuin. El mantenimiento de este sendero, que implica entre otros aspectos la reposición y repintado de cartelería, evitar la erosión, evitar acciones de vandalismo y prevención de incendios forestales así como también el acompañamiento en actividades de extensión a requerimiento de distintos establecimientos educativos de nuestra provincia, está a cargo de los guardaparques y personal técnico dependiente de la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente de la Provincia.
Para la presente temporada estival está prevista la elaboración del Plan de Manejo de la Reserva: Etapa de Inventario y Zonificación.