EL CONGRESO ORDINARIO de Fútbol Ecuatoriano se iniciará el 6 de enero 2006, como antes ya lo habíamos comentado, tiene el condimento especial de que se elegirán a los cinco vocales del fútbol profesional, cuatro del fútbol amateur y de entre estos, a las autoridades de la F.E.F., Los legisladores del fútbol, representantes de clubes y asociaciones, resolverán en el conclave, según sus propios intereses.
El manejo político deportivo
Aspiremos que de darse cambios, estos sean para que de una vez por todas se erradique lo que se ha criticado permanentemente de la administración que está por concluir, esto es, el manejo político deportivo acomodaticio a la presión e influencia de ciertas instituciones especialmente para lograr cambios en la mesa de los dirigentes de legitimas decisiones tomadas por los árbitros en el campo de juego, en el decurso de los partidos de fútbol.
Que no se repita más, la política de "contentar a todo el mundo", de no "quedar bien con todos", lo que provoca inseguridad jurídica y desconfianza. No se puede ocultar el sol con un dedo, si se concreta la re elección de quienes hacen de autoridades principales de la F.E.F., es en nuestro criterio, porque la Selección de Fútbol, logró la clasificación al Mundial de Alemania 2006, fundamentalmente, en gran porcentaje.
Tal reelección entonces, se debe a los Jugadores del Fútbol, a los trabajadores que han presentado días atrás, un pliego de peticiones, que la F.E.F. ha contestado con negativas, rechazando y desconociendo ser parte en los temas que los jugadores plantean como reivindicaciones laborales y sociales, que impidan por ejemplo la perla que os traemos y que desde ya denunciamos como un atentado contra los derechos constitucionales de los trabajadores del fútbol.
Una propuesta de reforma inconstitucional e ilegal
Al Reglamento de la Comisión Disciplinaria presentada por una importante Asociación de Fútbol del Ecuador.
"A continuación del Art. 157 de la Comisión Disciplinaria incorpórese uno que dirá: El jugador que demandaré en la justicia ordinaria a los clubes o dirigentes, apartándose e incumpliendo lo previsto en los reglamentos y resoluciones de la FIFA, la Federación Ecuatoriana de Fútbol y la Ley del Futbolista Profesional, será suspendido inmediatamente del campeonato nacional. El procedimiento para la suspensión provisional o definidamente será el establecido en el Titulo XXI de presente reglamento".
Dejando de lado la exposición de motivos del citado despropósito, porque huelga, ante tan absurda propuesta; aspiramos sea negado de plano por el Congreso de Fútbol semejante intento de atropello, por inconstitucional, ilegal, improcedente y atentatorio contra el universal, humano y legitimo derecho a la defensa de cualquier trabajador que sienta afectados sus derechos, que son intangibles e irrenunciables como dispone nuestra Norma Fundamental y los Tratados Internacionales que son ley en nuestro país.
Queda sí claro, hasta donde tiene capacidad la F.E.F. para regular, la fuerza de trabajo y los derechos laborales de los futbolistas, llegando inclusive a sobrepasar las garantías constitucionales comunes de todos los ciudadanos.
La Federación Ecuatoriana de Fútbol
Por disposiciones constantes en sus Estatutos y en la Ley del Deporte, la F.E.F., es la única Institución que agrupa en su seno a los clubes empleadores y asociaciones del fútbol, y para el caso que nos ocupa, del Fútbol Profesional del Ecuador.
El Art. 1, de Los Estatutos de la Federación Ecuatoriana de fútbol señala que esta es un organismo deportivo autónomo, de derecho privado, con personería jurídica propia, sujeta a las leyes de la republica, a los estatutos y reglamentos nacionales e internacionales a los que es afiliada, entre otros, a los del Comité Olímpico Nacional y por ende a los del Internacional, en la rama del fútbol, registrado internacionalmente como deporte de verano en el COI; y, a sus propios Estatutos y Reglamentos, que fomenta organiza, controla y dirige la práctica del fútbol en el Ecuador. (Aunque no conste, se da por hecho que también a la Constitución Política de la República).
-La Federación Ecuatoriana de Fútbol esta afiliada: a la FIFA, a la Confederación Ecuatoriana de Fútbol; al Comité Olímpico Ecuatoriano y a la Federación Deportiva Nacional del Ecuador.
- A la Federación Ecuatoriana de Fútbol están afiliadas a su vez: Las Asociaciones Provinciales de Fútbol No Aficionado del Ecuador.
- Los clubes de fútbol no aficionado de primera y segunda categoría por intermedio de sus respectivas Asociaciones Provinciales.
Finalidades
- Fomentar el fútbol por todos los medios que se consideren necesarios;
- Organizar, controlar y dirigir eventos Internacionales, campeonatos nacionales, provinciales o partidos de fútbol, tanto en el ámbito No aficionado como en el Aficionado;
Como se ve, es la F.E.F. la entidad que con plenos poderes gobierna la actividad del fútbol profesional del Ecuador, actividad en la que los futbolistas son la materia prima, los protagonistas, los trabajadores; no juegan los dirigentes, no brindan el espectáculo los administradores del fútbol; Son los jugadores del deporte popular los que le dan vida.
La F.E.F., incontrastablemente resuelve sobre temas laborales de interés directo de los futbolistas profesionales, en sus organismos de funcionamiento, en los que actúan de forma colectiva los empleadores, o sea los clubes de fútbol y a los que representa colectivamente, tanto nacional como internacionalmente.
El Congreso de Fútbol
El Congreso de Fútbol, es el Organismo de la F.E.F., con más poder, el más importante, el que reúne a toda la dirigencia del fútbol del Ecuador, para resolver sobre aspectos de la más variada índole que permiten la marcha, el progreso del fútbol ecuatoriano en unos casos y en otros lo contrario.
Facultades del Congreso
Entre otras facultades del Congreso Ordinario de Fútbol están:
- Dictar reformar e interpretar los reglamentos en la forma prescrita en los mismos;
- Conocer y resolver sobre las nuevas afiliaciones y la suspensión de las entidades afiliadas a la Federación;
- Designar cada cuatro años, en su sesión ordinaria a los miembros del Directorio de la Federación, de acuerdo con la conformación del mismo estipulada en el Art. 33 de los estatutos de la F.E.F.;
- Las demás que se señalen en los Estatutos y los Reglamentos. Una relevante, entre otras importantísimas es la que aparece en el Reglamento del Congreso de Fútbol No Aficionado;
- Organizar a través del Comité Ejecutivo Respectivo, los campeonatos nacionales de Fútbol.
Art. 12.- Atribuciones y deberes del Comité Ejecutivo del Fútbol No Aficionado:
- Cumplir y hacer cumplir el Estatuto de la Federación Ecuatoriana de Fútbol, los reglamentos nacionales e internacionales vigentes, las resoluciones del Congreso Nacional de Fútbol No Aficionado, las del Directorio y las suyas propias;
- Organizar, controlar y administrar los campeonatos ecuatorianos de fútbol no aficionado de la primera categoría; provinciales y nacionales de la segunda categoría y los campeonatos de otras categorías;
- Conocer y aprobar, en sesión ampliada, los calendarios de juegos para los campeonatos nacionales establecidos en este reglamento.
Lo trascrito significa establecer el modo y forma del torneo anual de fútbol del Ecuador, en el que participan los clubes como instituciones y en los que trabajan personas, los jugadores profesionales de fútbol, personas con inteligencia, capacidad de opinión, libres seres humanos dotados de una habilidad natural para ejercer un deporte maravilloso y a quienes no se les toma en cuenta para decir sobre cuales condiciones de trabajo aspiran tener cada temporada.
Son otros, los dirigentes los que resuelven, sin que los jugadores tengan beneficio de inventario en temas tales como: días de trabajo, horas de trabajo, sanciones, suspensiones y más; y, los trabajadores no pueden expresarse en tal Concilio de Dirigentes, sobre: la afiliación a la seguridad social, los salarios mínimos, las vacaciones, los seguros de vida y accidentes en el ejercicio del trabajo, las garantías de estabilidad laboral, la seguridad en el cobro de las remuneraciones, el cobro con intereses en los pagos no recibidos a tiempo, la libertad sindical, la jubilación patronal, los beneficios legales, la defensa legal ante despidos intempestivos frecuentes, sin fundamento o multas enormes sin sustento y muchos más, entre los que no se olvidan horas extras.
Cuando de esto quieren tratar bis a bis, en el Congreso Ordinario de Fútbol, la F.E.F., se resiste y niega ese derecho a futbolistas, cuando esta claro que es la entidad que representa a los empleadores y de la que surgen todas las resoluciones que de forma colectiva afectan a todos los futbolistas del país, para bien o para mal.
Todos los derechos reservados del autor. Las citas reglamentarias de la F.E.F., han sido tomadas de los textos de esa entidad.
Para Revista Judicial Diario La Hora Ecuador.
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