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La Orden Nacional de Mérito “Máximo Gómez Báez” |
Reconstruir la historia de la condecoraciones cubanas resulta, ciertamente, un reto muy difícil; en primer lugar, porque el investigador debe enfrentarse a un vacío doctrinal y por lo tanto, está obligado a construir todo un marco teórico a partir de la práctica y de algunas teorías e instituciones del Derecho, sobre lo que abundaremos en una próxima nota. A lo dicho hasta ahora, se agregan aquellas condecoraciones que nunca fueron, es decir, los proyectos de condecoraciones, que por una razón u otra no fructificaron en su tiempo, pero que marcan un momento del pensamiento honorífico de la época que se estudia, y por lo tanto, el conocimiento de las condecoraciones, así como de aquellas que se propusieron pero nunca cuajaron, permiten llegar a comprender el pensamiento y los modos de vida de una época, lo cual es perfectamente aplicable a las condecoraciones contemporáneas, que no por cotidianas deben ser subvaloradas. Y es en ese momento cuando la Numismática trasciende como ciencia y deja de ser descriptiva. He aquí, por lo tanto, que resalta el genuino carácter científico de las Ciencias Numismáticas, que no es una, sino muchas, a saber: Falerística, Honorística, Medallística, Notabilia y Numismática, entre otras que en el futuro nacerán. Dentro de las condecoraciones que nunca fueron, merece una particular importancia la Orden Nacional de Mérito “Máximo Gómez Báez”; de ella, apenas se conserva un expediente en un improbable legajo del fondo de la Secretaría de Estado, en el Archivo Nacional de la República de Cuba (ARNAC), pero que es información suficiente para dedicar unas brevísimas líneas. Al parecer, la creación de la Orden Nacional de Mérito “Máximo Gómez Báez” fue iniciativa del Sr. Juan de Dios Romero, miembro de la Comisión de Justicia y Códigos de la Cámara de Representantes, quien presentó la propuesta ante dicho cuerpo colegislador en un documento fechado en septiembre de 1937 que, si aparece en el fondo de la Secretaría de Estado del ARNAC, se infiere haya tenido algún tipo de tramitación, lo cual no sabremos con absoluta certeza hasta que el Archivo Nacional termine de procesar los fondos del Congreso de la República, para conocer qué se discutió sobre este proyecto, y si efectivamente se discutió, cuáles fueron las razones que nuestros congresistas alegaron para desecharlo. El tercer por cuanto de la propuesta del Sr. Romero a la Cámara de Representantes exponía los relevantes y no pocos méritos que hasta el momento habían contraído ciudadanos extranjeros “robusteciendo cada vez más nuestras relaciones de amistad y comercio con las naciones extranjeras, haciéndose merecedores de honores extraordinarios por parte de la Nación cubana” (sic), de tal suerte que es posible inferir que para entonces Cuba tenía una intensa actividad internacional. No obstante, 1937 fue un año de importante actividad honorífica: en enero fueron creadas las medallas del 4 de septiembre y las cruces militares. El por cuanto siguiente justifica la creación de una orden exclusivamente para extranjeros con el hecho de existir otras similares en países extranjeros. Constituye, a juicio de quien suscribe, un antecedente importante, la Orden del Águila Azteca, creada por el gobierno mexicano el 29 de diciembre de 1933, aunque tienen ambas instituciones importantes diferencias, no sólo en su estructura, es decir, desde un punto de vista formal, sino también en la función que tenían en la sociedad e incluso, son diferentes como resultados sociales. Pero volvamos a la “Máximo Gómez”. Por supuesto, no es posible agotar en este breve espacio un análisis acucioso —que sin embargo lo requiere el asunto que nos ocupa— de este proyecto de instituto honorífico, de manera que forzosamente tendremos que tocarlo con pinceladas. En primer lugar, destaca que la propuesta se encaminase al través de la Cámara de Representantes, con el objetivo de promulgar una ley, lo cual resultaría totalmente contrario a la costumbre que para entonces ya se había establecido: las órdenes de mérito emanaban del Ejecutivo, y no del Legislativo. Existe, sin embargo, un antecedente de condecoraciones emanadas de los cuerpos colegisladores; se trata de las Medallas especiales a Horacio Rubens y Federico Henríquez Carvajal (creadas por sendas leyes del Congreso de 17 de abril y 17 de junio de 1929, respectivamente). La creación de una orden de mérito al través de una ley supondría que ésta, por rango normativo, tendría precedencia sobre el resto de las condecoraciones nacionales, inclusive, de la Orden Nacional de Honor y Mérito “Carlos Manuel de Céspedes” (1926), que hasta el momento se erigía (y así se mantuvo hasta 1961) como la condecoración más importante del Estado cubano. La estructura que el Sr. Romero propuso era similar a la de la Orden de Céspedes, en la que el Presidente de la República era el Jefe Supremo, y el Secretario de Estado sería el Canciller de la Orden. El nombre oficial sería Orden Nacional de Mérito “Máximo Gómez Báez”, destinada, según el artículo I de la proposición de ley, “al reconocimiento de servicios extraordinarios y prominentes prestados o que en lo sucesivo se presten por extranjeros y que redunden en bienestar de la república y sus ciudadanos, ya sean servicios de carácter internacional o de orden interno” (sic). Las piezas serían otorgadas cada 25 de marzo y 16 de septiembre, aniversarios de la firma del Manifiesto de Montecristi y la proclamación “solemne de la Constitución del Gobierno de la República de Cuba en Armas, en Jimaguayú, Camagüey, respectivamente. El documento original tiene numerosas anotaciones al margen, escritas en grafito, con poca claridad y una caligrafía abrupta, apresurada; no obstante, muchas de esas inscripciones pueden descifrarse con relativa facilidad. Afortunadamente, la Orden de Mérito “Máximo Gómez Báez” nunca llegó a ser aprobada, en primer lugar, porque ello hubiese introducido una discriminación por razón del nacimiento, a lo cual se oponen ya en nuestros días la mayoría de los textos constitucionales y tratados internacionales; por otra parte, la existencia de una condecoración exclusiva para extranjeros, supondría la anulación de la actividad exterior de la Orden “Carlos Manuel de Céspedes”, que para entonces gozaba de prestigio y valor internacionales. Nuestro actual sistema de condecoraciones y títulos honoríficos (cuyo nombre ya implica una redundancia y merece análisis detenidos) contiene algunas instituciones con restricciones relacionadas con el nacimiento, por ejemplo, las Órdenes “Ana Betancourt” (1979) y “Mariana Grajales” (1979), las cuales están reservadas para las damas; lo mismo ocurre con la Orden de las Damas Nobles de María Luisa (Reino de España, 1792), llamada a extinguirse, ya que su existencia constituye un obstáculo a las damas para acceder a condecoraciones de mayor rango para las cuales el acceso de los caballeros es más fácil. La existencia de institutos honoríficos a sectores específicos de la población en razón de su nacimiento es una técnica promocional poco favorable en nuestros días, y debe ir desapareciendo. Aún tenemos muchas incógnitas en relación con esta propuesta de condecoración, cuyo estudio no debe quedar fuera de… ¿la Numismática?, ¿la Honorística?, ¿la Falerística?, ¿la Medallística? ¿Qué ciencia debe estudiarla?...
[*] Maikel Arista Salado y Hernández es miembro de la Unión Nacional de Historiadores de Cuba, corresponsal de la Asociación Venezolana de Simbología y Coordinador del Club de Simbología de la Habana. Ha publicado artículos sobre simbología en la Revista de la Biblioteca Nacional “José Martí”, así como en publicaciones extranjeras, y en el 2006 obtuvo una Mención en el Premio Anual Nacional de Investigación Cultural con el ensayo “Los escudos cívicos de Cuba”.
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por Maikel Arista-Salado Hernández
En Letras-Uruguay desde el 24 de abril de 2013
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