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Algunas consideraciones sobre el aborto |
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El
presente texto fue escrito en ocasión de haberse dado media sanción
legislativa al proyecto de ley de Salud Reproductiva. El mismo fue enviado
en su oportunidad por mail a senadores y diputados. Con posterioridad –y
en estos meses, 2007- han ocurrido sucesos de extrema gravedad que obligan
a un replanteo urgente del tema y a la posterior aprobación del proyecto.
El
10 de diciembre de 2002, la Cámara de Representantes dio media sanción a
la despenalización del aborto. Ahora se apresta a tratarlo el Senado.
Aportamos nuestro punto de vista. Volver a la Lógica Viva. El proyecto de ley fue desde el principio punto de partida de uno de los más arduos debates del año. Creo que estas discusiones ahondan y fecundan la práctica democrática y la enriquecen. De paso, enseñan a pensar.
En
carta a Búsqueda de 7 de noviembre poníamos el tema bajo la lente de la
Lógica Viva, (Vaz Ferreira,
1910), y calificábamos los planteamientos y enfoques
que de él se hacen por algunos sectores, como incurridos,
frecuentemente, en uno de los paralogismos o errores de pensamiento
explorados por el maestro: el que llama "Cuestiones explicativas y cuestiones
normativas". Vaz Ferreira publicó su Lógica Viva en 1910, por
lo que sus ejemplos pueden parecernos obsoletos, pero es fácil
sustituirlos por otros de actualidad.
Como ejemplo de las
primeras -cuestiones explicativas-,
que llamaba también "problemas de constatación", señalaba la
polémica sobre si la luna tendría o no atmósfera, pregunta a la que -no
cabía duda-, debería responderse algún día por sí o por no, sin
posibilidad de transacciones o soluciones conciliadoras. Un problema de
naturaleza similar sería preguntarse si se hallará o no algún día una
vacuna contra el SIDA, si el hombre pisará o no Marte, si se descubrirá
algún día y se dará a los niños una vacuna contra todo tipo de cáncer.
Como ejemplo del segundo tipo, -cuestiones
normativas- que llamó "problemas de hacer, o de acción, o de
conveniencia", el Vaz Ferreira señaló, entre otros, el divorcio, la
organización de la familia, el libre cambio, el socialismo, etc. Estos
problemas de hacer se han llevado a la ley y a la práctica, y sus
resultados son opinables, con sus partidarios y detractores, y en su
investigación y aplicación pueden hallarse soluciones parciales,
alternativas, modificativas, ventajas e inconvenientes, según los casos.
Y en aquella carta del 7/XI decíamos que el problema del aborto
correspondía –exactamente, qué duda puede caber- al segundo tipo de
problemas, y que erróneamente se le consideraba y trataba como uno del
primer tipo, o sea como un problema al que había que responder por sí
o por no, cuando en realidad merece una meditada solución de
conveniencia, atenta a sus pro y sus contra, y a que en él enfrentamos un
complejo "problema de hacer", que intenta solucionar otros
problemas muy graves, de carácter social, higiénico sanitario, moral,
como el del embarazo no deseado, el del aborto clandestino y sus secuelas,
el de la protección a la salud pública, el de la venta de niños, etc.
El
problema del aborto, como otros anteriores que nos conmovieron y hoy ya
han sido resueltos por la legislación -registro de estado civil,
divorcio, matrimonio civil obligatorio, prostitución- y otros que aún
esperan serlo y que en otros países ya lo han sido, eutanasia, clonación
de tejidos, matrimonios entre personas del mismo sexo, legalización del
consumo de drogas, es de los que deben solucionarse no a partir de
convicciones ideológicas, filosóficas o religiosas, pero sí tomando
punto de partida en los datos de la realidad, es decir en los problemas
generados por la falta de una reglamentación adecuada: la realidad
plantea un problema, éste exige solución y hay que dársela. La tarea
legislativa debe partir de la realidad, sin prejuzgar ni adelantarse a
ella, y debe hacerlo sobre datos concretos, estadísticos, extraídos de
una patología social que exige normar, prevenir o corregir.
Las
sinuosidades del terreno.
Un ejemplo claro de cuestión normativa fue la que se planteó a José
Pedro Varela al considerar la inclusión o exclusión de la religión en
el programa de enseñanza escolar: convencido de que la enseñanza dogmática
debía ser excluida de una enseñanza laica, admitió, sin embargo, el
catecismo en su proyecto de ley, atento a la realidad social y a los datos
que ella le proporcionaba: la inmensa mayoría de la población se
proclamaba católica. El legislador, afirmaba el
reformador, "debía adaptarse a las sinuosidades del
terreno" y dejar de lado sus propias convicciones. Lo mismo sucedió
con la ley de divorcio, solución que se hizo indispensable en una
sociedad ya entonces colmada de matrimonios desavenidos, condenados
a la hipocresía del concubinato oculto, a la infidelidad admitida y a la
proliferación de hijos estigmatizados como "adulterinos" etc. Aún
hoy se mantiene la aberración de que un padre casado no puede reconocer
en vida y como suyo a un hijo engendrado fuera del matrimonio. Pese al
empecinamiento de los sectores que -a ojos y mente cerrados- sostenían la
indisolubilidad del matrimonio por razones de fe, por atavismos, temores,
dogmas, etc., terminó por triunfar el sentido común y se legisló el
divorcio. Pero increíblemente, ha sido legalizado hace relativamente poco tiempo, y el
pensamiento religioso, como entre
nosotros entonces, se opuso hasta último momento con el siguiente
argumento: "La ley debe
respetar el derecho de las personas a considerar el matrimonio como
indisoluble", como si la sanción de una ley de divorcio
significara una intervención subjetiva en las convicciones de las
personas, que impidiera a cualquiera estar convencido –según su fe- de
que se ha casado para siempre. Era una cuestión normativa
que se la quería resolver por sí o por no, como un problema de
constatación, es decir, explicativo. Las
razones de la oposición.
Dejemos de lado el aspecto "machista" de la oposición al
proyecto de ley, denunciado por la opinión femenina y con muchos visos de
razón. En términos generales, quienes se oponen al aborto lo hacen por
razones filosóficas (derecho a la vida), religiosas
(existencia inicial del alma, convicción de que el cigoto ya es
persona, irreductible oposición de la Iglesia, anatemas, excomuniones,
etc.), y en auxilio de estas soluciones y como sustento legal, tratados
internacionales de dudosa aplicación (V. Polémica Alvarez Conzzi-Semino,
en Búsqueda 22 y 30/I/03, y las opiniones vertidas en su oportunidad
por el Dr. Carlos Zubillaga y por el señor Juan Cristobal Roque).
El pensamiento progresista (izquierda) en su gran mayoría, y algunos
exponentes del pensamiento liberal -sensibles al grave problema que
plantea la práctica habitual del aborto, que se da de narices con el
texto legal vigente- admiten y sostienen la necesidad de su corrección.
Algunas opiniones creen que el tema escapa a la materia legislativa y que
debería recurrirse a plebiscito; aunque también hay quienes se oponen
por sostener la preeminencia del derecho a la vida. Finalmente una minoría
-encabezada por las jerarquías eclesiásticas y que comparte los
legisladores católicos- aduce razones de fundamentación dogmática.
En
general el tema es abordado, tanto en el ámbito político como en el de
la opinión pública, con un marcado tinte emocional, y en tal sentido es
que orientan a tratarlo algunos medios de comunicación. También fueron
repartidos -como antaño en ocasión de la ley de divorcios- volantes a
quienes ingresaban a la cámara de representantes, al mejor estilo de los
debates de fines del siglo XIX al discutirse la ley de registro civil
obligatorio o la fracasada reforma escolar de 1885. Por su parte,
movimientos feministas pro abortistas regaron las escaleras del Palacio
Legislativo con ramilletes de perejil, símbolo del aborto clandestino. El
sector católico agitó, en oportunidad de la media sanción, el
testimonio de un médico norteamericano que, luego de
practicar el aborto sin tasa ni medida, pasó al bando contrario.
Estuvo en todo su derecho. Por
su parte el presidente doctor Tabaré Vázquez se ha manifestado contrario
al aborto por razones científicas y anunciado su propósito de vetar la
ley, lo que nos asombra, ya que por razones científicas, de higiene y de
salud pública es que se promueve el proyecto: la voluntad de otorgar garantías
de asepsia y de idoneidad profesional a las mujeres que deciden abortar y
que seguirán abortando en el futuro, se apruebe o no la ley. En uno y
otro caso, por no decir en todos -e incluyo la anunciada intención
vetatoria del presidente-, al
tema del derecho a la vida, uno de los tantos derechos humanos conculcados
a diario en mil formas diferentes, se suma una poética que nada tiene que
ver con él y que tiende, no a incitar al raciocinio, sino a agitar cierto
emocionalismo a partir de un repertorio de ideas "prêt
a penser." La opinión pública no ha asumido aún la evidencia
de que la ley proyectada no aprueba el aborto, sino que reglamenta –en
bien de la salud pública- una práctica hoy ilegal y de devastadoras
consecuencias. En
rubro similar incluimos la afirmación del cigoto como persona o como
habitáculo del alma, doxa que no existe fuera del universo de la fe y que
no puede ser admitida como límite del derecho a legislar: sólo tiene validez teológica y no
puede inhibir la potestad normativa (Ver Vargas Llosa: "Cobardía e
hipocresía", Búsqueda 12/XII/02). A tal grado llega la
susceptibilidad en este punto, que la llamada "píldora del día
después" ha sido anatematizada y condenada. Porque el pensamiento
que corre sobre carriles es así de simple: el hombre eyacula y a las
venticuatro horas allí está el alma y su presencia apofántica. He aquí
un ejemplo de la mala herencia hispánica: la aplicación de artículos de
fe en la consideración y solución de problemas que deben ser abordados
en atención a razones de conveniencia social.
A quienes siguen ese carril recordamos a Foucault: “La
infalibilidad es la inteligencia del poder, su principal- casi único-
atributo”. Tampoco
estamos descaminados –creemos- si vemos en este enfrentamiento y bajo
otros nombres, una lejana
proyeccción del que
sostuvieron positivistas y espiritualistas en el S. XIX. Las dos grandes
vertientes históricas se enfrentan una vez más, y continuarán haciéndolo
por años y por siglos. Felizmente, la ciencia no se detiene. El
derecho a la vida y la pena de muerte.
En este rubro, debe señalarse la incongruente posición de la Iglesia,
contraria al aborto pero admitiendo
en su catecismo oficial la pena de muerte a la vez que afirmando la
dignidad de la persona humana, sin que hasta ahora tal anacoluto haya
llevado a nadie a reflexionar ni a demostrar que no existe en ello
contradicción.
Se
apruebe o no el proyecto, algún día será risueño leer los argumentos
expuestos en los debates periodísticos y parlamentarios, tanto como hoy
nos resulta inocente la lectura de la prensa y el diario de sesiones en
oportunidad de ser sancionada la ley de divorcio, o antes, cuando se aprobó
el matrimonio civil obligatorio. Felizmente, la mayoría legislativa
reflexionó y se atuvo cartesianamente a la realidad, dejando de lado las
borras metafísicas que enturbiaban una visión clara de los hechos, y que
hoy vuelve a colárseles, sin que se den cuenta, a algunos legisladores.
Una ley que reglamente el aborto -es así de simple- no atenta al derecho
a la vida: reglamenta la inevitable ocurrencia de un hecho cotidiano y
asegura que su práctica no pone en riesgo, como lo hace actualmente, la
vida, la salud y la dignidad de las personas que, con ley o sin ley,
practican y continuarán practicando el aborto, hoy, gracias a la ley
vigente, con riesgo de infecciones, de morir y de ser sepultadas
clandestinamente. El
número de legrados abortivos -en cifras oficiales- practicado anualmente
en nuestro país es elevado –con certidumbre relativa se estima en más
de treinta mil por año (Diego Sempol, Brecha, 14/XI/03) -
cifra seguramente inferior a la real según datos del Hospital
Pereyra Rossell. En épocas de crisis ese número tiende lógicamente a
aumentar. Tampoco se toma en cuenta la venta de niños, los
filicidios y el abandono de hijos no queridos. Es común que lleguen para
ser atendidos niños de meses que han sido golpeados, quemados y
torturados por sus padres. ¿Ocurrirán tales atrocidades con igual
frecuencia en el futuro, cuando la maternidad sea simplemente querida y
deliberadamente buscada? La respuesta no es segura pero merece meditarse.
Por
ser práctica prohibida, la interrupción del embarazo debe efectuarse en
forma discreta, ya no diremos clandestina, ya sea bajo la forma del
legrado biópsico en una clínica cara, o recurriendo a los servicios de
quienes no ofrecen mayores garantías, y aun de simples aventureros. De
estos últimos casos y de sus trágicas consecuencias se ocupan los medios
con relativa frecuencia. En el año 2002
se supo que una mujer enterraba sus víctimas -futura madre y feto- en el
fondo de la clínica. Esta es la realidad que la ley debe normar. La
ley actual obliga a una práctica ilegal de la medicina.
Y llegamos a uno de los puntos medulares del problema, a lo que creemos es su cerno y
que hasta hoy no hemos oído mencionar: aunque cueste creerlo, la ley
penal ha terminado por implantar involuntariamente una modalidad ilegal de
praxis médica. La práctica del aborto es un hecho instalado en nuestra
sociedad y negarlo es de ciegos. No se aplaude el aborto ni se niega el
derecho a la vida; simplemente se reconoce y puede probarse que su práctica
es habitual en nuestra sociedad y que debe reglamentarse. No interesa que
se practique proporcionalmente menos -como se afirma- en las clases
carenciadas. Ahí pesan, fundamentalmente, factores económicos y
culturales. El hecho es que se practica, y la prohibición impone a las
mujeres riesgo de vida y exacción económica. Ambas cosas son delictivas
y condenables y no tienen otra solución que la legislativa. Intentar
concientizar y convencer a una mujer embarazada que desea interrumpir su
preñez, de la conveniencia de no hacerlo, es sin duda un acto de loable
libertad que debe respetarse y quizás fomentarse. Cualquiera -sacerdote,
pastor, familiar, psicólogo, médico, asistente social- puede intentar
disuadir a una mujer de su empeño. Pero eso no impide ni exonera al
legislador de su deber de atender un problema de su incumbencia: el actual
régimen legal ha generado una práctica ilegal de praxis médica que
significa un riesgo de vida para la mujer, una exacción económica para
ella y su familia y un problema de conciencia para el profesional
actuante. La
ley viene, simplemente, a reglamentar y a ordenar la realidad, ya que
todo aquel que practica un aborto incurre en el delito de una práctica
ilegal, sea médico o no. El legislador no renunciará a sus convicciones y creencias, pero debe atenerse a los datos estadísticos. Aquellos que sean católicos, sin perjuicio de su credo, deben reconocer esta realidad palmaria; y aquellos legisladores que esgrimen, sin tener convicciones religiosas, el argumento del derecho a la vida, están en todo su derecho; pero la ley que reglamenta el aborto no ataca ese derecho existente y reconocido. Simplemente interviene y corrige una realidad flagrante: la practica habitual e ilegal del aborto a ignorandas de un texto legal inerte. En último término, esa negación de un hecho real y la oposición a reglamentarlo se parece mucho a la negativa a vacunarse, a recibir transfusiones de sangre o al rechazo de la asistencia médica en algunos credos particularmente fanáticos. Se ignoran las epidemias y las enfermedades en aras de principios ideales: Sí señor, Dios lo protege, Dios lo cura, quién lo duda, pero la tuberculosis, la viruela, el sarampión, el tifus, la septicemia y la infección existen, así que vacúnese o acepte la transfusión. Y ante el aborto decimos: sí, por supuesto, el derecho a la vida existe, el del hijo y el de la madre, pero sucede que el aborto se ha practicado, se practica y se practicará ilegalmente si no se legisla, y seguirá habiendo muertes, septicemias y exacciones económicas y lucros indebidos y clínicas clandestinas. Ha llegado la hora de poner remedio a una patología social. De lo contrario el derecho a la vida será una mera entelequia paralizante, lo que nos lleva a incurrir en otro paralogismo vazferreiriano: aquel de pensar por sistemas o de pensar por ideas a tener en cuenta. Hay dos modos de hacer uso de una observación exacta, dice Vaz Ferreira: o sacar de ella, consciente o inconscientemente, un sistema -inflexible, decimos nosotros- a aplicar en todos los casos sin excepción; o bien la anotamos y recordamos como algo a tener en cuenta cuando reflexionemos sobre un problema real y concreto. El primer tipo de raciocinio, el sistemático, fue el que llevó al stalinismo a condenar y prohibir las leyes de Mendel por contrarias al marxismo, o el que llevó al Concilio Vaticano II a proclamar como dogma la existencia real del infierno: en ambos casos -se ve con claridad- el pensamiento dogmático intenta intervenir, invertir, alterar, recrear, modificar y hasta inventar una realidad, ya que no se puede anular, por ley o decreto, una ley biológica, ni crear -por unanimidad o mayoría de un cuerpo colectivo- un hipotético lugar de castigo eterno. Quienes esgrimen el argumento del derecho a la vida, han sistematizado su adhesión a ese principio y a ese derecho, lo que les impide ver que la derogación de un texto que califica el aborto como delito apareja como consecuencia la sana eliminación de una práctica corrupta y socialmente peligrosa, originada precisamente por aquel viejo texto legal, que es, sí, atentatorio en gran medida al derecho a la vida y a la salud de la madre. El problema del aborto ejemplifica a las mil maravillas este eterno paralogismo, señalado en 1910 por quien fuera llamado maestro de conferencias, y expuesto por él en un momento histórico fértil en contradicciones, cuando nacía una constelación de reformas legislativas a las que se oponían -como hoy- las paladines del pensamiento sistemático. Confiemos en que estas reflexiones contribuyan en mínima medida a inducir –cuando llegue la hora- un correcto planteo del tema en el Senado de la república. |
Jaime Monestier
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