BASES
1.ª.- Podrán concurrir al VI Premio Internacional de Narrativa
Breve RIBERA DEL DUERO, que se convocará, anunciará y
promocionará con el nombre de PREMIO RIBERA DEL DUERO, todos los
escritores mayores de dieciocho años, cualquiera que sea su
nacionalidad o país de residencia, que presenten obras escritas
en lengua castellana.
2.ª.- Las obras deberán ser estrictamente inéditas (los cuentos
que formen parte de la obra no deberán haber sido incluidos
antes ni en libro, ni en publicaciones periódicas, ni en
Internet), de autoría individual y originales, no deben haber
sido premiadas anteriormente ni hallarse pendientes de fallo en
otros concursos o premios, sin que tampoco pueda presentarse la
obra correspondiente a un autor fallecido con anterioridad a la
publicación de las Bases. Tampoco podrán presentarse quienes
hayan formado parte del jurado de la convocatoria anterior. No
se establece un número mínimo o máximo de cuentos que compongan
la obra, pero no se aceptarán ni novelas cortas individuales, ni
libros integrados en su mayor parte por microrrelatos, siendo el
Jurado quien decida qué textos se encuadran en estas categorías.
3.ª.- Los libros de cuentos tendrán una extensión entre 100 y
150 páginas en formato DIN A-4, mecanografiadas a doble espacio,
tamaño 11 o 12, y por una sola cara, debiendo presentarse o
enviarse por correo certificado los originales por duplicado,
perfectamente legibles y encuadernados al Departamento de
Comunicación y Promoción del Consejo Regulador de la
Denominación de Origen Ribera del Duero, C/ Hospital n.º 6,
09300 Roa (Burgos), España, indicando «Para el VI Premio Ribera
del Duero», siendo el horario de entrega, de presentarse las
obras directamente, de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.
Asimismo, se admitirá la entrega de originales por correo
electrónico. Estos se remitirán como archivo adjunto en un solo
documento Word o compatible (no pdf) en el que se incluirán
también los datos especificados en la Cláusula 5.ª de estas
bases. En el asunto del mensaje electrónico deberá figurar «Para
el VI Premio Ribera del Duero». La dirección de recepción será:
premioribera@paginasdeespuma.com.
A cada una de las obras que se presente o se envíe por correo
certificado a la dirección anterior se le asignará un número de
registro por riguroso orden de recepción, siempre que se
presente o reciba dentro del plazo de admisión. Cuando las obras
se presenten directamente, se emitirá y entregará un recibo de
recepción en el que constará el correspondiente número de
registro. Cuando el envío haya sido realizado por correo
electrónico se remitirá un correo de confirmación de haberlo
recibido. En cualquiera de los tres casos, la notificación no
supone que el original presentado cumpla con las bases, sino tan
solo su recepción. Las obras no se devolverán en ningún caso ni
se dará información sobre ellas y serán destruidas transcurridos
diez días desde el fallo del Premio.
4.ª.- El plazo de admisión de originales se cierra el día 31 de
diciembre de 2019, siendo improrrogable, si bien, respecto de
los originales que sean remitidos por correo certificado, se
aceptará como fecha válida la consignada en el matasellos del
sobre si se halla dentro del plazo de admisión, siempre que se
reciban en un plazo que no altere el normal desarrollo del
Premio. Respecto a los originales que sean remitidos por correo
electrónico, se aceptarán como válidos los recibidos hasta las
23:59 (hora española) de la fecha de cierre del plazo de
admisión.
5.ª.- Las obras habrán de ir tituladas y firmadas en su primera
página, y a continuación deberán aparecer los siguientes datos:
– Identificación: nombre y apellidos del autor, número de NIF o
número de pasaporte en caso de que su nacionalidad no sea
española, dirección de residencia, número de teléfono y correo
electrónico.
– Manifestación expresa que garantice la autoría y originalidad
de la obra presentada y que esta no es una copia ni modificación
de ninguna otra ajena ni corresponde a un autor fallecido.
– Manifestación expresa de la titularidad del autor sobre todos
los derechos de la obra y de hallarse la misma libre de cargas o
limitaciones a los derechos de explotación.
– Manifestación expresa de la aceptación por el autor de la
totalidad de las Bases del VI Premio RIBERA DEL DUERO.
– Fecha y firma original (escaneada e incluida dentro del
archivo de texto en caso de enviarse por correo electrónico).
– En caso de enviar la obra por correo electrónico, la anterior
documentación deberá preceder, en el mismo archivo, a la
colección de cuentos. En ningún caso se aceptarán archivos de
cuentos sueltos.
6.ª.- Los originales que se presenten al Premio, dentro del
plazo señalado en la Base 4.ª y que reúnan todos los requisitos
exigidos en estas Bases, no podrán ser retirados antes de
hacerse público el fallo del Jurado.
7.ª.- Se establece un premio en metálico, dotado con CINCUENTA
MIL EUROS (50 000 euros), para el ganador, al que se aplicarán
las retenciones fiscales previstas por la legislación vigente.
Al ganador también se le entregará una escultura original. El
Premio no podrá ser declarado desierto ni concederse ex aequo a
más de un participante.
El Premio, además de la dotación económica y entrega de la
escultura, conlleva la edición, publicación y difusión de la
obra ganadora por Editorial Páginas de Espuma.
8.ª.- El Jurado estará formado por el Presidente del Consejo
Regulador de la Denominación de Origen Ribera del Duero, por un
representante de Editorial Páginas de Espuma y por relevantes
personalidades del mundo literario; todos ellos con voz y voto.
También formará parte del Jurado un representante del Consejo
Regulador de la Denominación de Origen Ribera del Duero que
ejercerá las funciones de Secretario pero sin voto.
El Jurado queda facultado para resolver cualquier incidencia que
pudiera producirse en relación con el Premio, ajustándose en
todo caso a las Bases del mismo.
El Jurado se reserva, asimismo, la facultad de recomendar, para
su publicación, aquellas obras presentadas que, habiendo quedado
finalistas y no premiadas, se consideren de interés.
El fallo del Jurado, que será inapelable, se prevé hacerlo
público en el mes de marzo de 2020.
9.ª.- La obra galardonada será publicada en la Colección
Voces/Literatura de Páginas de Espuma, editándose tres mil
ejemplares, como mínimo.
La cuantía del premio se considera también como anticipo de los
derechos de autor de la obra ganadora, implicando la concesión
del premio que su autor, sin perjuicio de reconocérsele la
propiedad intelectual de su obra, cede en exclusiva al Consejo
Regulador todos los derechos de explotación y de edición de esa
obra, comprometiéndose y obligándose el ganador a suscribir el
contrato de cesión en exclusiva, para todo el mundo y en lengua
castellana, de derechos de edición que el Consejo Regulador le
presente al efecto. No obstante, el Consejo Regulador queda
facultado y autorizado por el autor de la obra galardonada para
ceder a su vez los derechos de explotación y edición de esa obra
a la Editorial, debiendo figurar esta circunstancia en el
contrato de cesión que suscriban el autor de la obra galardonada
y el Consejo Regulador.
El ganador estará obligado a hacer constar que el conjunto de
cuentos mereció el VI Premio Ribera del Duero en todas las
sucesivas ediciones en lengua española y en aquellas
traducciones que se realicen en otros países.
10.ª.- La organización del Premio se reserva el derecho de hacer
público el nombre e imagen de los finalistas con fines
informativos y promocionales del Premio.
11.ª.- Es responsabilidad exclusiva del autor, pero no
requisito, la inscripción de la obra presentada a este Premio en
el Registro de la Propiedad Intelectual, así como los efectos de
su no inscripción frente a terceros. Cada autor se obliga,
asimismo, a suscribir cuantos documentos sean necesarios para
que los derechos cedidos al Consejo Regulador sobre su obra
queden inscritos en el Registro de la Propiedad Intelectual y en
cualesquiera otros Registros Públicos, tanto nacionales, como
extranjeros o internacionales.
12.ª.- Ni Editorial Páginas de Espuma ni el Consejo Regulador
mantendrán correspondencia con los autores que se presenten al
Premio, ni les facilitarán información sobre la clasificación y
valoración de las obras.
13.ª.- La presentación de la obra galardonada tendrá lugar en un
acto público durante el desarrollo de la Feria del Libro de
Madrid de 2020, salvo circunstancias imprevistas que obligaran a
modificar estas fechas.
14.ª.- INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER
PERSONAL.
Responsable.– Consejo Regulador Denominación de Origen Ribera
del Duero.
Finalidad.– Recoger, tratar, utilizar y gestionar los datos de
las acciones de comunicación y promoción relativos a las
funciones de promoción propias del Consejo Regulador de la D.O.
Ribera del Duero.
Legitimación.- Art. 26 de la Ley 8/2005 de la Viña y del Vino de
Castilla y León y Orden de 1 de diciembre de 1992 por la que se
aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Ribera de
Duero y de su Consejo Regulador.
Destinatarios.– Los titulares de los datos autorizan
expresamente a ceder los mismos a la Editorial Páginas de
Espuma, con la finalidad de que esta compañía les pueda
contactar para el desarrollo correcto y necesario del concurso
literario. En los casos previstos en la ley, los datos serán
cedidos a las Administraciones Públicas con competencia en la
materia para los fines definidos en ella y en cualquier otro
caso cuando sea legalmente obligatorio para el Consejo
Regulador.
Derechos.– Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como
otros derechos, como se explica en la información adicional.
Información adicional.- Los datos facilitados por sus titulares
a este Consejo Regulador serán incorporados a su Sistema de
Protección de Datos.
Serán conservados durante el tiempo que dure el consentimiento,
o en su caso, el tiempo legal establecido para cada una de las
obligaciones legales que deriven de los tratamientos para los
que se ha consentido de acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016,
relativo a las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos (RGPD), así como en la normativa española vigente en
esta materia, y respecto a los datos que le identifican como
viticultor y de contacto le comunicamos que nos da su
consentimiento.
El Consejo Regulador de la D.O. Ribera del Duero en ningún caso
será responsable de la licitud, veracidad y exactitud de los
datos personales suministrados.
En el supuesto de producirse modificaciones en los datos será
responsabilidad exclusiva suya, la notificación de tales
modificaciones al Consejo Regulador de la D.O. Ribera del Duero.
Son tratados con la finalidad de recoger, tratar, utilizar y
gestionar los datos relativos a las funciones propias del
Consejo Regulador de la D.O. Ribera del Duero referidos a
aquellas personas (físicas o jurídicas) inscritas en alguno de
los registros cuya llevanza tiene encomendada (viñas, bodegas de
elaboración, almacenamiento) o que se relacionan con él en el
ejercicio de sus funciones.
La recogida de datos se legitima en la Orden de 1 de diciembre
de 1992 por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación
de Origen Ribera de Duero y de su Consejo Regulador.
Autoriza expresamente a ceder los datos en los casos previstos
en la ley, a las Administraciones Públicas con competencias en
la materia, Auditores externos, con la misma finalidad de la
recogida. Así mismo, los datos podrán ser comunicados a las
entidades de crédito para la gestión de cobros y pagos derivados
de la inscripción del interesado en el correspondiente registro,
así como, en su caso ante cualquier instancia judicial.
Le informamos que puede ejercitar sus derechos de acceso a los
datos, su rectificación, supresión, oposición, olvido,
limitación de su tratamiento o portabilidad de los mismos según
lo establecido en el RGPD y su derecho a presentar reclamación
ante la Autoridad de Control, Agencia Española de Protección de
Datos.
Da su consentimiento de manera libre, inequívoca y específica
para los tratamientos, habiendo sido informado de la posibilidad
de retirarlo en cualquier momento, si bien, esta retirada no
afectará a los tratamientos anteriores a la misma.
Para el ejercicio de los derechos o la revocación del
consentimiento, o cualquier otra consulta, debe comunicarlo por
escrito, adjuntando fotocopia del DNI, a dirección del Consejo
Regulador de la D.O. Ribera del Duero previamente indicada.
15.ª.- La presentación de la obra al Premio objeto de esta
convocatoria implica necesariamente la aceptación íntegra e
incondicional de estas Bases por parte de su autor, suponiendo
el incumplimiento de las mismas la exclusión del concurso.
16.ª.- Para cualquier duda, discrepancia, reclamación o cuestión
que pueda suscitarse sobre la interpretación y ejecución de las
presentes Bases, las partes renuncian al fuero propio que
pudiera corresponderles y se someten expresamente a la
jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Aranda de Duero y
Burgos.
Fuente:
http://paginasdeespuma.com/