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John Rawls y su contexto histórico 
Teoría de la justicia: reflejo de una época
Dra. María de los Milagros Flores Corbelle

En los marcos del presente artículo pretendemos dejar establecidas algunas ideas en torno a las propuestas realizadas por el norteamericano John Rawls, pensador ya de por si polémico y suscitador de una amplia  y diversas publicaciones, para profundizar y aquilatar en su justa medida, tarea inalcanzable pero si aproximable, su producción teórica la cual ha sido y es tema de reflexión, debate, crítica y de clasificación la más de las veces contrapuestas y dogmáticas, ignorando incluso el reconocimiento por su parte  de la filiación teórica expresada tanto en sus obras como en sus propias afirmaciones.

 

En reflexiones anteriores hemos centrado la atención en situar su producción teórica dentro de los marcos del pensamiento ético pasado siguiendo la pauta metodológica por el declarada en Prefacio a la “Teoría de la Justicia” en donde se reconoce como heredero del Contrato Social al afirmar que: “Mi objetivo es presentar una concepción de la justicia que generalice y lleve a un nivel superior de abstracción la conocida teoría del Contrato Social(…)”[1][2]  y continua reconociendo “(…)Las ideas fundamentales son clásicas y bien conocidas. Mi intención ha sido argumentarlas dentro de un marco general usando ciertos recursos simplificadores con el objeto que la plenitud de su fuerza pueda apreciarse.”[3] aspecto que nos permitió evaluar tal como señala que el lo emplea evidentemente como recurso en tanto  realiza solo la  extracción de aquellos “(…) aquellos principales rasgos  de la otra concepción de la justicia que esta implícita en la concepción contractual.”[4]  Y por tanto no es repetición de esquemas ya aportados en el pasada de forma textual, no cumplidas y revitalizadas como llaves mágicas que abren todas las puertas para la solución de las problemáticas más acuciantes de la contemporaneidad en lo político, lo ético y el tan llevado y manido término de justicia

Sino una específica construcción teórica matizada por su interpretación y asunción liberal.

 

Precisamente siguiendo esta pauta de análisis como resultado de ello se produce continuidad y ruptura, así como elementos novedosos y originales, entre los que se encuentra el retomar esa herencia como factor metodológico y procedimiento heurístico, aportando elementos peculiares matizados por su interpretación, tal como lo son y que constituyen eminentemente factores diferenciadores “la posición original”, “el velo de ignorancia”, “la sociedad bien ordenada”, “principios básicos de la justicia”, ”el equilibrio reflexivo”, etc”.

 

Pero ello es lo que condiciona que nos interroguemos, refiriéndonos en específico a su obra “Una teoría de la justicia” donde en lo fundamental de manera sistémica se brinda su interpretación ética y el vínculo  ética-política ¿cuáles son los factores que determinan su concepción retro y que ella se de cómo proceso de continuidad y ruptura en unidad contradictoria?

 

Tentativamente, podríamos afirmar que es consecuencia tanto de factores de carácter teóricos como históricos en unidad.

 

En cuanto a los factores teóricos: nos interesa retomar análisis realizado por Armando Chávez, estudioso de la tradición ética y dentro de la misma del pensamiento del autor objeto de nuestra reflexión  John Rawls, al decir: “(…) el libro de Rawls, al tiempo que atrajo la atención de los filósofos de la moral, significó una ruptura completa con el pasado.[5] En realidad, este libro fue un trabajo de teoría moral sustantiva que no tenía nada que decir acerca de la lógica del lenguaje moral. (…) ofreció una alternativa tanto al utilitarismo como a la teoría de los deberes de “prima facie” de Ross.”[6] Agregando más adelante que entre los aportes de Rawls está  el construir  “una teoría moral sistémática y unificada”[7] y cambia la reflexión “al focalizarlo en las nociones de la justicia y los derechos”, “la elaboración de nociones tales como: autonomía, proyectos de vida humana, soledad, amor propio y bienes humanos básicos”[8] y algo muy importante, “destruir las barreras interdisciplinarias (…).”[9]

 

Lo anterior se encuentra motivado en:

 

· Primero: por la necesidad de alejarse de las tradicionales formas de hacer ética que impera a lo largo de todo este primera mitad del siglo xx y que se mantiene más o menos hasta la década del 70, donde se producen nuevos vientos, es decir un viraje con la retoma de la ética aplicada,

 

· Segundo: con la ética de esta etapa y en específico con la “Una teoría de la justicia” se intenta romper con las concepciones abstractas y teorizantes que se mueven en la metateoría y que sólo tomaban en cuenta las relaciones entre los hombres de carácter ahistórico, fuera de la sociedad y ajena a los conflictos reales del mundo, lo que con anterioridad se planteo como una vuelta los problemas sustantivos de la ética, aunque a partir de algunos de los postulados que se proponen y a pesar de centrar la atención en el concepto de justicia y de la fundamentación de una teoría general acerca de la conformación y justificación de los juicios morales con relación con la justicia en las instituciones sociales,  publicas, mantiene algunos soluciones en un plano de idealización u abstracción, aunque ello no niega que es la búsqueda de solución de los problemas prácticos a los que se enfrentan y;  

 

· Tercero: la necesidad de dar respuestas a los acuciantes problemas que la sociedad real le impone en las nuevas condiciones sociales a la humanidad, las que no pueden ser ignoradas o dadas de lado y esquivadas tangencialmente y que por la vía del utilitarismo se agudizan y la del emotivismo o del lenguaje moral se les pasa de lado de forma evidente ocupados en la teoría o en la fundamentación racional y no dan respuestas ni por la vía de determinadas normas éticas y mucho menos por las vías políticas que se encuentran en conflictos y crisis.

 

En el plano teórico podemos sin agotar todo el panorama de la época, que no es tan simple, ni diáfano sino mucho más complejo y abarcador establecer estos momentos pero a ello se le una determinadas condiciones históricas que a nuestro criterio va a determinar también la ruptura con este pasado reciente y el planteamiento que ha conmovido a todo el pensamiento desde el surgimiento de su concepción y que nos obliga a interpretar su producción teórica de forma contextualizada a partir de plantearnos: ¿Cuáles son las condiciones históricas que determinan la propuesta ética que tiene como centro la categoría de justicia y que presupone el vínculo entre lo ético y lo político?, ¿Podría afirmarse que las condiciones históricas son las que determinan su negación teórica a la herencia más reciente y a la vuelta con la primera etapa de la modernidad? ¿Qué hechos le llevan a centrar la atención en el papel de la persona moral, los principios de la justicia y la sociedad bien ordenada?

 

Con relación a las interrogantes realizadas y otras posibles a realizar debemos señalar que no pretendemos seguir un ordenamiento lógico en las respuestas, aunque sí pones de manifiesto de una u otra forma, con mayor o menos grado de mediación que todas apuntan a una idea central a la hora de pensar sobre la problemática, a saber, el condicionamiento histórico es una constante en los intentos de interpretación y comprensión teórica de los presupuestos prácticos rawlsianos, es decir, el análisis del contexto como requisito sine qua nom.

 

El enfoque se fundamente en la comprensión de que somos lo que somos en tanto y por cuanto producto de un conjunto determinado de relaciones sociales que van a condicionar nuestras formas de pensar, hacer y crear tanto práctica como teóricamente. Somos hijos de las circunstancias y por muy alto nivel de abstracción que podamos alcanzar acerca de nuestras percepciones, representaciones, reflexiones y razonamientos acerca o en torno al mundo circundante y de todo el bagaje intelectual existente y que respiramos y conforma nuestra forma de asimilación siempre reflejamos nuestra realidad material y consecuentemente espiritual a partir de ellas y dicha cosmovisión que a su vez matizan nuestras acciones, tal como en las Tesis sobre Feuerbach  de Marx se recoge al afirmar: “(…) Pero la esencia humana  no es algo abstracto inherente a cada individuo. Es en realidad, el conjunto de la relaciones sociales.”[10]  y el trabajo de Rawls no se encuentra ajena a dicha circunstancia.

 

Para todos es conocido que la producción y publicación de artículos y trabajos del reconocido  académico y intelectual norteamericano se realiza preferentemente a partir del año de 1950 con “La justicia como equidad”, 1967 “La justicia distributiva”, 1971 “Una teoría de la justicia” ( la cual es objeto de nuestra atención y en 1993 “El liberalismo político” lo que a nuestro criterio explica el interés en la categoría de justicia, cómo por el vínculo ético-política consustancial en su teoría de la justicia y en la obra con dicho titulo (recordar que su obra abre toda una etapa de tratamiento de los temas desde un enfoque multidisciplinar  y/o transdisciplinar) tal como apunta el autor en “El liberalismo político” al hacer referencia a su trabajo anterior, así como diferenciando ambas prodecciones destaca refiriendose a “Una teoría de la justicia.”:

 

“Observese que en mi resumen de os objetivos de la teoría de la justicia la tradición del contrato social se concibe como parte de la filosofía moral, y no se distingue entre, filosofía moral y filosofía política. En la Teoría , una doctrina moral no se distinguia de una concepción estrictamente política de la justica.”

 

Referencias: 

 

[1] Rawls, J. 1997. Una teoría de la justicia. Fondo de Cultura Económica. México.  p.24

[2] Ibíd;  p. 9

[3]Ibíd;  p. 9

[4]Ibíd;  p. 9 

[5] léase, como señala Chávez Antúnez en el artículo, la tradición más reciente, a saber: el utilitarismo y el emotivismo, entre otras.

[6]Chávez Antúnez, A. La ética anglosajona en el siglo xx. Del libro Ética y Sociedad Tomo 1 Compilador Luis R. L. Bombino Coordinador General. Editorial Félix Varela. La Habana, 2002. p. 79.

[7] Ibíd.. p. 79

[8] Ibíd.. p. 79

[9] Ibíd.. p. 79

[10] Maqrx, C. 1955  Tesis sobre Feuerbac. Tesis IV. Obras escogidas en Dos Tomos. Ediciones en Lenguas Extranjeras. Moscú. p. 427

María de los Milagros Flores Corbelle
Universidad de La Habana

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