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Morazán en la Corte Suprema de Justicia
Por Lic. Miguel Cálix Suazo 
Premio Nacional de Ciencia “José Cecilio del Valle” 2008 
Presidente Instituto Morazánico

mcalixs@yahoo.com

Minutos antes de que sonaran los disparos asesinos que segaran su vida el 15 de setiembre de 1842, el Benemérito Libertador de Centroamérica, JOSE FRANCISCO MORAZAN QUESADA, alisándole los cabellos a su compañero de infortunio GENERAL VICENTE VILLASEÑOR, le dijo. “QUERIDO AMIGO, LA POSTE-RIDAD NOS HARA JUSTICIA”. En cumplimiento de ese mandato, entre otras cosas, he escrito una obra de seis volúmenes, intitulada precisamente “LA POSTERIDAD NOS HARÁ JUSTICIA”, y a lo largo de 20 años he venido librando una lucha sin cuartel contra quienes todavía hoy, y hasta en su tierra natal, Honduras, siguen denigrando su Memoria. En efecto, con fecha 23 de febrero de 2009, en forma respetuosa, comparecí ante los Magistrados de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, refutando el RECURSO DE AMPARO, (Expediente N° 463-009), interpuesto el 6 de febrero de 2009 por el Apoderado Legal del Instituto Hondureño de Antropología e Historia (IHAH), en nombre del Señor Gerente Doctor DARÍO AQUILES EURAQUE MÉNDEZ, contra la Resolución número 44-2008 del 30 de setiembre del año 2008 proferida (sic) por el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), recaída en contra del referido Gerente del IHAH, ya “que considera que dicha Resolución no fue dictada apegada a derecho por cuanto es violatoria de las Garantías Constitucionales en lo referente a la legítima defensa y el debido proceso”.   


Indiqué en mi alegato que el IHAH es una Institución Autónoma que, en mi criterio, no puede alegar tener derechos humanos, sino que más bien es violadora de tales derechos, por lo menos en el caso de mi persona) contra la Resolución No. 44-2008, emitida en fecha 30 de setiembre de dos mil ocho por el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) mediante la cual se condena al Doctor DARIO AQUILES EURAQUE MENDEZ, en su condición de Gerente del Instituto Hondureño de Antropología e Historia, a pagar una multa equivalente a medio salario mínimo, por haber cometido NUEVAMENTE infracción a lo preceptuado en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, al no entregar la información pública solicitada por mi persona, MIGUEL CALIX SUAZO, “la que deberá ser efectiva en la Tesorería General del República debiendo acreditar ante ese Instituto su cumplimiento y de no hacerlo se estará a lo que de conformidad a derecho proceda”.

La sala de lo Constitucional en su oportunidad solicitó al Ministerio Público el dictamen correspondiente, el cual fue evacuado el 10 de junio de 2009 por el Fiscal Especial de Defensa de lo Constitucional, que concluye en lo siguiente: “III. CONCLUSION: En razón de lo expuesto, el Ministerio Fiscal es de parecer que si bien el presente recurso fue admitido, concurriendo una causal de inadmisibilidad, en este momento procesal procede el sobreseimiento de las diligencias al tenor de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 46 de la Ley sobre Justicia Constitucional”. Ojalá entones que la Sala Constitucional dicte pronto la Sentencia que corresponda.

Lic. Miguel Cálix Suazo
Premio Nacional de Ciencia “José Cecilio del Valle” 2008 
Presidente Instituto Morazánico
mcalixs@yahoo.com

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