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Antecedentes históricos y normativos del
Ceremonial Diplomático de Cuba |
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1. Situación problemática Urge definir, como paso introductorio a los efectos de esta brevísima monografía, qué entender por ceremonial diplomático en su propio devenir epistemológico, ya que, como categoría histórica, resulta un término polivalente y harto polémico tanto en la doctrina científica, que despunta con asombrosa solidez en países como España y Argentina, como en la historiografía, y tanto más al considerar los aportes que ha tributado la práctica cubana a lo largo de más de un siglo y medio de vida internacional. La situación problemática en el caso que nos ocupa, acaso una de las más graves, es que la literatura que se ha producido en Cuba sobre ceremonial diplomático se compone más bien de manuales para el entrenamiento de los agentes diplomáticos y consulares para ejercer las funciones propias de sus cargos en las legaciones de la República; pero carece absolutamente de un análisis de las instituciones propias del ceremonial y el protocolo, y adolece la carencia de elementos históricos en relación con el ceremonial diplomático cubano, padecimiento que también lastró la obra de Figueroa y Miranda:[1] queda reducida dicha literatura a una exposición minuciosa de recursos mnemotécnicos y esquemas de proceder.[2] La literatura cubana en esta materia no ha abundado en la historia del ceremonial diplomático (el más antiguo reconocido data de 1925, cuando estas cuartillas demuestran períodos previos a considerar) ni se ha interesado en darle mayor realce científico a una disciplina que en el mundo presenta un acelerado ritmo de teorización. En esta nota se demostrará que el ceremonial diplomático codificado más antiguo de Cuba que se conoce se remonta a 1905,[3] y desde entonces existió una fuerte producción normativa en esta parcela del ordenamiento jurídico; se demuestra además, la sólida tradición del Estado cubano en relación con el ceremonial diplomático, y cómo este fue evolucionando hasta su desmantelamiento normativo a partir de la radicalización del Gobierno Provisional Revolucionario instalado en el poder desde 1959.[4] 2. Definiciones imprescindibles La legislación cubana utiliza casi exclusivamente el término “ceremonial diplomático” para referirse a lo que en nuestros días abarca la tríada: ceremonial, protocolo y etiqueta, que funcionan como sinónimos para algunos autores, mientras que para otros constituyen términos que recogen fenómenos distintos entre sí, que si bien en la práctica operan simultáneamente, pueden ser escindidos con fines metodológicos. Es menester aclarar que lo que la legislación tradicional cubana ha denominado “ceremonial diplomático”, surge como respuesta a la necesidad del Estado de regular la recepción de embajadores extranjeros, y que en el decurso incorpora elementos que regulan la expresión de la jerarquía entre los distintos órganos del Estado, y también en sus relaciones con los representantes diplomáticos, conque deja de ser un ceremonial diplomático exclusivamente para convertirse en un auténtico Código de Protocolo del Estado. Dicho en otras palabras: lo que hoy se considera protocolo en la doctrina española, se conoce en América Latina como ceremonial, y Cuba ha lastrado el arcaico concepto de “ceremonial diplomático” en toda su legislación. La inexistencia de un cuestionamiento teórico sistemático, y del estudio del protocolo a través de sus instituciones, y no como reglas dogmáticas, ha hecho que aun perviva el nombre y aún en su forma más primitiva y simplista de “ceremonial diplomático”. En la práctica universal, el protocolo de Estado es un sistema relativamente autónomo de reglas (ya fueren consuetudinarias o jurídicas, o una combinación de ambas) que regula la expresión de la jerarquía en las relaciones entre los Estados soberanos (y entre sus territorialidades,[5] dependencias administrativas y representantes) y de éstos con respecto de ciertos organismos internacionales o supranacionales reconocidos por los respectivos ordenamientos jurídicos. 3. Antecedentes históricos Si bien la República de Cuba logró el reconocimiento del concierto de naciones en 1902, fue proclamada el 10 de octubre de 1868 con la Declaración de Independencia, y constituida conforme a Derecho, por acuerdo de las fuerzas insurgentes, el 11 de abril de 1869 bajo el imperio de la Constitución de Guáimaro, con el nombre de República de Cuba en Armas (1869-1878; 1895-1898). Aunque se ha buscado intensamente algún indicio que pudiera orientar acerca del ceremonial que empleó esta república, si es que empleó alguno, no se ha podido encontrar hasta el momento. Es poco probable que en las condiciones extremas en que funcionaron los poderes del Estado insurgente cubano, se haya producido alguna ceremonia de recepción de agentes extranjeros, toda vez que no se podía cumplir uno de los requisitos más importantes que reviste una ceremonia: la publicidad. Ahora bien, ello no significa que el Estado cubano carecía de ceremonial, y mucho menos de legislación específica. En este sentido, vale destacar algunos pocos decretos expedidos por el presidente Carlos Manuel de Céspedes en relación con ceremonias. Llama la atención que el Ejecutivo se moleste en emitir legislación relativa a las ceremonias, lo cual no debe sorprender al tener en cuenta que se trata de un Estado militarista y confesional católico. El gobierno de ocupación norteamericano, al tomar posesión de la “Isla”, organizó la administración pública en seis secretarías, una de las cuales fue la de Estado y Gobernación, a cuyo cargo se dispusieron los asuntos consulares, con un negociado homónimo. Durante este período, que abarca desde el 1º de enero de 1899 hasta el 20 de mayo de 1902, no se acreditó en el país ningún agente diplomático, porque aunque el Gobierno Militar tenía cierta autonomía, no existía un Estado soberano con plena representación y poderes ante el cual acreditar los agentes; sólo se recuerda el fallido intento del Sr. Adolfo Castellanos, Marqués de Argüelles, quien dirigió una carta fechada en 3 de febrero de 1899, a bordo del vapor “Cataluña”, al Gral. Brooke, a la sazón Gobernador Militar de la Isla, con el objetivo que éste le recibiera en Palacio y le acreditara con la denominación de “Representante de España” en “esta Ysla”, en sustitución del Cónsul General y hasta que el gobierno de Su Majestad Católica nombrase un sustituto. El Ayudante del Estado Mayor de Brooke le respondió que tales asuntos se trataban directamente con el Secretario de Estado y Gobernación, el cual, al ser enterado de los prolegómenos del señor marqués, le informó que “careciendo los documentos que ha presentado de los requisitos y formalidades establecidos en el Derecho Internacional, tengo el sentimiento de no poder aceptarlos como suficientes, y, por lo mismo, tampoco reconocerle carácter oficial á nombre de la Nación Española para gestión que á la misma interese cerca de este Gobierno”.[6] Y con ese parco escrito, concluyeron las intenciones del susodicho “representante”. 4. El Ceremonial En junio de 1910, el Presidente de la República Mayor General José Miguel Gómez (1909-1913), promulgó un Ceremonial Diplomático de Cuba, de tal suerte que con dicho documento se inicia la tradición legislativa cubana en este particular. Por lo tanto, desde 1910 hasta los primeros años del Gobierno Provisional Revolucionario se pueden identificar los ceremoniales diplomáticos a partir de las normas jurídicas, publicadas todas en la Gaceta Oficial de la República; sin embargo, desde la instauración de la República el 20 de mayo de 1902 hasta junio de 1910, existe un vacío legislativo. ¿Qué ceremonial o qué ceremoniales rigieron durante esos años, si hubo alguno? Evidentemente, ese ceremonial o ceremoniales anteriores a 1910 constituyen un valioso antecedente de nuestras prácticas protocolar y ceremoniosa, de ahí la importancia de su conocimiento. Para el mejor estudio de la evolución del ceremonial diplomático cubano, propongo dividir el marco temporal anterior a 1910 en tres períodos, a saber: desde la instauración de la república el 20 de mayo de 1902 hasta su caída en 1906; el segundo período corresponde a la “administración” de la república por el gobierno de los Estados Unidos de América, de 1906 a 1909; y por último, de 1909 a 1910, cuando por primera vez advierte la luz en la Gaceta Oficial de la República un Ceremonial Diplomático, con características más orgánicas y que perfila desde estos tempranos momentos una auténtica tradición que emerge de la cultura estatal hacia el resto del enramado social. Primer período: El Servicio Diplomático y Consular de la República quedó organizado por Ley del Congreso de 14 de febrero de 1903 (Gaceta Oficial de 19 de febrero de 1903, página 973) y no es hasta 1905 cuando aparecen los primeros memoranda del Secretario de Estado y Justicia, que estatuyen el ceremonial para la recepción de ministros extranjeros individualmente. Aunque la República de Cuba, instaurada el 20 de mayo de 1902, fue reconocida ipsofacto por una considerable cantidad de Estados soberanos, y en momentos posteriores estableció relaciones con otros, los agentes diplomáticos extranjeros tardaron un poco en ser nombrados y acreditados en Cuba. Es durante la administración del Mayor General José Miguel Gómez (1909-1913) que comienzan a acreditarse los agentes diplomáticos en mayor número con respecto de los períodos anteriores. Ello provocó que, a tono con las exigencias del momento, dichos agentes debían ser recibidos con todo el rigor que “aconsejaba” el mundo civilizado; por lo tanto, debía redactarse algún ceremonial que, además, garantizara un trato igual y las mismas cortesías y honores a todos los agentes diplomáticos, en cumplimiento del principio de igualdad de los Estados. El primer agente diplomático acreditado por el Sr. Tomás Estrada Palma fue el Sr. Herbert G. Squiers, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de los Estados Unidos de América. La Gaceta de la Habana, a la sazón órgano oficial de publicidad normativa del gobierno, publicó que el Sr. Squiers había sido “recibido según el ceremonial convenido”, lo cual supone que existió algún intercambio de información entre la legación norteamericana y la Secretaría de Estado y Justicia. Hasta el momento ha sido imposible encontrar un documento emitido por el Estado cubano con las instrucciones correspondientes a la ceremonia de recepción; no obstante, se ha podido localizar la descripción de la ceremonia hecha por el propio ministro en su primer comunicado al Secretario de Estado de los Estados Unidos.[7] [Anexo No. 1] Squiers relata su arribo al puerto la noche del 26 de mayo de 1902, a bordo del vapor “Vigilancia”. Fue recibido por el Sr. Aurelio Hevia, Director del Departamento de Estado de la Secretaria de Estado y Justicia, por el Sr. Steinhardt, “a cargo del Archivo cubano”, el Sr. Yero, Capitán del Puerto, el Sr. Glennan, del Servicio de Hospitales Navales de los Estados Unidos,[8] y el Sr. Laborde, Jefe de la Policía del Puerto. Aunque la incipiente legislación previa a 1910 no reconoce este recibimiento como parte del ceremonial diplomático, se incorporará en posteriores normas, con lo cual se infiere la importancia que reviste este primer encuentro con el representante diplomático. La ceremonia de recepción fue programada para el 27 de mayo a las 4 de la tarde. Relata Squiers en su Comunicado No. 1 al Departamento de Estado, que llamó a “Su Excelencia el Sr. Carlos de Zaldo”;[9] lo cual parece indicar que lo hizo por teléfono, con el propósito de presentar sus respetos y acordar la hora de su audiencia con el presidente de la república. Continúa Squiers al decir en su crónica que junto al Sr. Hevia, quien lo esperó en su residencia para acompañarlo a Palacio, fue escoltado por una guardia de honor de unos 30 hombres, y como elemento de curiosidad, el embajador relata que luego de ser presentado a Estrada Palma y entregar sus cartas credenciales, fue igualmente formalmente presentado ante las principales figuras de las ramas del Estado, y posteriormente, a la Sra. Genoveva Guardiola de Estrada Palma, Primera Dama de la República. El 1º de julio de 1902 fue acreditado el Sr. Gilberto Crespo y Martínez,[10] Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de los Estados Unidos Mexicanos que, al decir de El Fígaro, “además del ceremonial de costumbre revistió el acto desusada solemnidad”,[11] que tampoco era “de costumbre”, al no ser que El Fígaro haya usado algún tipo de analogía con los ceremoniales europeos. Para agosto fue acreditado el Sr. Lionel Carden, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de Su Majestad Británica Eduardo VII.[12] En abril de 1904 fue recibido en el Palacio de la Presidencia para la ceremonia de entrega de cartas credenciales, el Excmo. Sr. D. Ramón Gaytán de Ayala, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de Su Majestad Católica D. Alfonso XIII.[13] En las fotos que publicó El Fígaro con motivo de dicha ceremonia, deben hacerse dos observaciones: la primera de ellas parece haber sido tomada desde lo alto de la esquina de las calles Obispo y Oficios, y muestra la explanada exterior y frontal del Palacio de la Presidencia, en la que aparece un pelotón de la caballería armada, y con el jefe al centro y adelantado. La formación militar parece estar presentando sus respetos al ministro, ya que el pie de la foto indica que ésta fue tomada cuando el diplomático salía de entre las columnas de Palacio para entrar a su coche. La segunda foto parece haber sido tomada en el interior del Palacio, donde aparece una formación militar del Cuerpo de Artillería, en situación de herradura “haciendo honores al Sr. Gaytán de Ayala el día de su recepción”,[14] y el soldado ubicado al centro de la hilera, que presuntamente se opone a la puerta de entrada al Palacio, sostiene la bandera nacional. El 11 de enero de 1905 fue acreditado el Excmo. Sr. D. Manuel Álvarez y Calderón, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de la República del Perú cerca del gobierno de Tomás Estrada Palma.[15] Si bien hasta el momento, los ceremoniales diplomáticos han podido ser reconstruidos por las narraciones contenidas en diversos espacios periodísticos, que a su vez han presentado documentos iconográficos, para la ceremonia de presentación de cartas credenciales del Sr. Álvarez Calderón, la Secretaría de Estado y Justicia redactó un ceremonial adhoc que, hasta el momento, es el más antiguo que conozcamos se ha codificado en Cuba, aunque haya sido redactado en forma de Nota diplomática dirigida al Ministro peruano, Álvarez Calderón, con fecha 9 de enero de 1905. [Ver Anexo No. 2] Hacia finales de la I República, el gobierno de Tomás Estrada Palma había acreditado a los Enviados Extraordinarios y Ministros Plenipotenciarios de: los Estados Unidos de América, los Estados Unidos Mexicanos, el Reino de España, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda, el Reino de Italia, la República Francesa y el Imperio Alemán; además, los Encargados de Negocios del Reino de Bélgica, el Celeste Imperio y las Repúblicas Dominicana y de Haití. Todavía en nuestros días, las autoridades cubanas continúan celebrando la salutación de Año Nuevo, que resulta ser una de las ceremonias de mayor tradición en nuestra práctica diplomática. Se ha podido localizar una carta del Sr. Carlos Eugenio Ortiz-Coffigny, a la sazón Secretario de Estado y Justicia, dirigida al Sr. Squiers y fechada en 26 de diciembre de 1904, en la cual le informaba, en su calidad de Decano del Cuerpo Diplomático, que trasmitiera al resto de los ministros extranjeros que acudirían a la Recepción del 1 de Enero, que ... se reúnan previamente en el Salón Rojo de Palacio formando el Círculo Diplomático por orden de categoría y de antigüedad. Los Sres. Secretarios y cancilleres se colocarán detrás de los Jefes de las Misiones respectivas. El Sr. Hevia, Director del Departamento, estará oportunamente en dicho salón para atender debidamente á los Sres. Diplomáticos que asistan á la Recepción.[16] Segundo período: En 1906 cae la I República en manos del gobierno de los Estados Unidos de América,[17] situación que se mantiene hasta el 28 de enero de 1909, cuando asume la Primera Magistratura de la república el Mayor General José Miguel Gómez. Inicialmente, el Gobernador Provisional fue el Sr. Taft, Secretario de la Guerra de Estados Unidos, cuyos poderes traspasó, pocos días después de haber tomado las riendas del gobierno, al Sr. Charles E. Magoon, quien hasta ese momento se desempeñaba como Ministro de los Estados Unidos en Panamá. El hecho de encontrarse la República de Cuba en una situación de limitación de soberanía no impidió que gobiernos extranjeros nombrasen agentes diplomáticos para ser acreditados ante el omnímodo Gobernador Provisional. El documento más antiguo hasta el momento encontrado relativo al ceremonial de recepción y acreditación de ministros extranjeros de este período, data de los últimos meses de la administración provisional de la República por el gobierno de los Estados Unidos de América, y se trata de una crónica redactada por el Consejero del Mayor General Comandante de las Fuerzas Armadas de Cuba, fechada en la Habana, el 14 de febrero de 1908.[18] El antedicho documento relata la forma en que aconteció la marcha a Palacio, como parte de la ceremonia de recepción del Sr. Von Eckart, nombrado Ministro del Imperio Alemán, en sustitución del Sr. Von Humbracht, quien se encontraba ausente de la isla desde el 2 de julio de 1907, llamado a la Corte por su Soberano. La marcha ocurrió del siguiente modo: a las 9 y 50 de la mañana, el comandante de la escolta de caballería llegó al Hotel Trotcha para acompañar al señor Ministro del Imperio Alemán al Palacio de la Presidencia (antiguo Palacio de los Capitanes Generales, ubicado en la Plaza de Armas, en la calle de Tacón, entre las calles del Obispo y de O’Reilly). La escolta partió del hotel a las 10 y 20 de la mañana acompañada del ministro alemán. La ruta que siguió la caballería fue por la Calzada de los Arcabuceros o del Arcabuco,[19] que conectaba su circulación con la calle de San Lázaro, la cual, a su vez, salía al Prado, justamente a la esquina del Hotel Miramar y subir por esa calle hasta llegar a Obispo, y de ahí a Palacio.[20] Tercer período: La llamada “resurrección cívica de Cuba” el 28 de enero de 1909, que inauguró la II República bajo la administración del Mayor General José Miguel Gómez, suponía una responsabilidad más directa en relación con la actividad internacional de Cuba, y consecuentemente, al normalizarse la situación política del país, conforme al texto constitucional de 1901, un número mayor de países gestionaron el nombramiento de agentes diplomáticos para ser acreditados cerca del gobierno del General Gómez, y los que se encontraban acreditados ante la administración provisional de Estados Unidos, debieron presentar sus credenciales ante el nuevo gobierno nacional. Si bien en un inicio eran memoranda individuales para cada ministro extranjero, se ha podido localizar un memorandum general para todas las recepciones de ministros extranjeros fechado en 1909,[21] con el ánimo de asegurar un ceremonial único para todos los agentes diplomáticos y así garantizar la igualdad jurídica que acordaron las potencias en el Pacto de Viena, de 1815. [Ver Anexo No. 3] Este memorandum general de 1909 introduce algunos pequeños cambios con respecto del de 1905, como por ejemplo, el saludo en forma de reverencia del Ministro al Presidente de la República, y además, tiene la particularidad de extender el Ceremonial Diplomático más allá de lo acostumbrado, toda vez que hasta el momento, la ceremonia de recepción concluía con la entrega de las cartas credenciales, y el de 1909 reguló la retirada del ministro y se extendió hasta la visita que debía realizar el Secretario de Estado al nuevo embajador. Como elemento adicional, se incorpora la publicación de los discursos en la Gaceta Oficial de la República, lo cual es un antecedente muy directo del Ceremonial Diplomático de 1910. Por lo general, los memoranda son documentos poco solemnes que contienen determinadas razones y observaciones a ser consideradas para un asunto específico de importancia; la creciente complejidad que van adquiriendo las relaciones internacionales, así como las ceremonias de recepción de ministros extranjeros y las cortesías a las que tienen derecho, involucran paulatinamente a un número mayor de órganos del Estado, y por lo tanto, la coordinación de esas actividades específicas queda desbordada ante la escasa efectividad y alcance de un memorándum; en junio de 1910, como ya se ha dicho, el Presidente de la República, don José Miguel Gómez, firmó el Decreto presidencial número 464, en virtud del cual puso en vigor el Ceremonial Diplomático de Cuba, que estuvo vigente hasta 1920, cuando fue sustituido por otro. El Ceremonial Diplomático de 1910 constituyó un salto cualitativo en la concepción y aplicación de las relaciones internacionales de la novísima República de Cuba, y sirvió de referente para la subsiguiente producción normativa. Con esta pequeñísima monografía se demuestra que los antecedentes del Ceremonial Diplomático se remontan al mismo nacimiento de la República de Cuba, en un proceso evolutivo que poco a poco fue incorporando organicidad y coherencia al alcanzar su cenit con el Ceremonial Diplomático de Cuba, de 1960. Por otra parte, se demuestra que la codificación del Ceremonial Diplomático se remonta a 1905, como memorandum individual y específico, y que en 1909 pasa a ser un memorandum general, que establece reglas para todas las ceremonias, hasta que un año más tarde se promulga en forma de Decreto presidencial, y así se inaugura una impresionante producción normativa en este campo. Llama la atención este Ceremonial “primado” de 1910 porque desde la primera línea de su preámbulo: “Estimando necesario reformar el Ceremonial Diplomático vigente en la República”, da la idea de la existencia de un cuerpo normativo previo a 1910 que, sin embargo, nunca fue publicado en la Gaceta Oficial de la República, ni fue incluido en las Instrucciones Provisionales.[22] El primer artículo del predicho Ceremonial establecía que tenía como objetivo regular las relaciones del Cuerpo Diplomático extranjero con las autoridades del país y su participación y precedencia en los actos públicos. Además de tener el mérito de inaugurar nuestra tradición normativa relativa al Ceremonial Diplomático, el Decreto presidencial número 464, de 1910, ofrece por primera vez la solución a la necesidad de condensar en una sola disposición normativa el conjunto de disposiciones reguladoras de la actividad diplomática en materia de protocolo; además, regula otras relaciones que no tienen que ver estrictamente con la actividad diplomática, aunque se hace para su referencia, por lo tanto, desde el nacimiento del primer Ceremonial Diplomático de Cuba, es posible advertir que el nombre reduce notablemente su contenido. Se adjunta, como un resultado de esta investigación, un índice cronológico-legislativo del Derecho de Protocolo cubano, que por primera vez se aporta. Todas las disposiciones que se refieren a continuación han sido debidamente compiladas, concordadas y anotadas. [Ver Anexo No. 4] Anexo No. 1: National Archives and Records Administration RG 59, T 158, Roll 1. Legation of the United States of America Havana, Cuba No. 1 May 27, 1902. To The Honorable, John Hay, Secretary of State, Washington, D.C. Sir:- Confirming, on the over leaf, my cipher telegram of 27th. instant,- I have the honor to report that, in accord-ance with my instructions Number 1, dated May 20th., last, I sailed from New York on Thursday, 22nd. instant, on steamer “Vigilancia” of the Ward Line, and arrived here on the following Monday evening, 26th. instant, having been somewhat delayed owing to new machinery. I was met on the arrival of the steamer by Mr. Aurelio Hevia, Assistant Secretary of State, representing the Foreign Office, Mr. Steinhardt, in charge of the Cuban Archives, Mr. Yero, Acting Captain of the Port, Major Glennan, of the United States Marine Hospital Service, and Captain Laborde, Chief of the Harbor Police; who extended to me every possible courtesy. I called on His Excellency, Mr. Carlos de Zaldo, Secretary of State and Justice (Estado y Justicia) this morning, and arranged with him for my audience with the President, which was fixed at 4 P.M. At the appointed hour I was waited upon by Mr. Hevia, Assitant Secretary of State, who had been designated to accompany me to the Palace, a guard of honor of some thirty troopers also escorted me. At the Palace I was met by His Excellency, Mr. de Zaldo who presented me to the President, to whom I handed my letter of credence and took occasion to say: “The President sends you his most cordial greetings, and desires me to assure Your Excellency of his personal interest and sympathy in the welfare and prosperity of your people. In these sentiments I beg to join. To be accredited as the diplomatic representative of the United States near Your Excellency is to me the greatest possible compliment, and it will be my constant endeavor to so conduct the business of my Legation as to draw still closer the ties of friendship which now unite our people.” to which the President replied in Spanish, of which the following is a translation: “As the faithful interpreter of the sentiments of the people of Cuba, permit me —through you— to assure the illustrious President of the United States that our most ardent desires are the happiness and prosperity of the American people and of their worthy President. At the same time I avail myself of this opportunity to express my satisfaction at your appointment as diplomatic representative of the United States near my Government; since no other person could me more agreeable, no more fit to the end that the friendly relations between both peoples may become the most intimate and cordial.” There were also assembled the principal officials of the of the Government, —Executive, Judicial and Legislative,— to all of whom was formally presented, as I was —afterwards— to Her Excellency, Madam Palma, wife of the President. The reception was a most cordial one, and intended to impress my Government with the deep feeling of appreciation and regard for the past which the Cuban people and Government seem to feel towards the people of the United States. During the reception, the United States Flag was dis-played from Morro Castle, the Palace, and many of the public buildings. I enclose a copy of a note of thanks to the Foreign Office which I hope will meet with your approval. I have no wish to be egotistical, but I desire to win —as soon as possible— the confidence and good-will of these people, feeling sure that under these conditions I will be able to render far better service to my Government even than would follow a like position under different circumstances. I have the honor to be, Sir, Your obedient servant, H. G. Squiers (handwritten) Enclosure: Mr. Squiers to Mr. de Zaldo (May 28th, 1902) Legation of the United States of America, Havana, Cuba F.O. No. 1 May 28, 1902 Your Excellency,— I have the honor to request that Your Excellency will take occasion to thank, in my name, Mr. Aurelio Hevia, Assitant Secretary of State, Mr. Yero, Acting Captain of the Port, and Captain Laborde, Chief of Harbor Police, for their kindness and courtesy in meeting my steamer, and mak-ing my arrival here so very comfortable and pleasant. I would also like to express my appreciation of the display of flags on Morro Castle and other public buildings, which I understand was done in honor of the Diplomatic Representative of the United States. I desire also to congratulate the commanding officer of my military escort to the Place on the fine soldierly appearance of his men; being an old cavalry-man myself, I appreciate the high standard which he, and his men, have reached. May I add that I have been extremely gratified with the cordial reception accorded me, in my official capacity, which I feel sure will be much appreciated by my Government. I avail myself of the occasion to assure your Excellency of my high esteem and consideration. Anexo No. 2 “Acompaño con esta Nota copia del ceremonial que se usará en el recibimiento de Vuestra Excelencia, una Lista Diplomática y la dirección de los Sres. Secretarios del Despacho”.[23] (…) CEREMONIAL PARA LA RECEPCIÓN DEL SR. MANUEL ÁLVAREZ Y CALDERÓN, ENVIADO EXTRAORDINARIO Y MINISTRO PLENIPOTENCIARIO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ. ——— I.- El día señalado para la recepción del Sr. Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de la República del Perú, y poco antes de la hora designada, un Ayudante del Sr. Presidente irá á buscarle en un coche de Palacio, invitándole á ocuparlo y tomando asiento á su izquierda. II.- Un pelotón de caballería escoltará la comitiva hasta el Palacio, en donde fuerzas de Artillería, con bandera y música harán los honores correspondientes presentando las armas y tocando el Himno Nacional. III.- Otro Ayudante del Sr. Presidente esperará á la comitiva al pié de la escalera del Palacio, y la precederá hasta la entrada del salón de recepciones. IV.- A la entrada del salón, el Director del Departamento de Estado lo anunciará por su nombre y carácter; el Secretario de Estado se adelantará y le acompañará hasta el centro del salón, donde estará situado el Sr. Presidente en pié y rodeado de los Secretarios. Inmediatamente y sin que medie presentación, el Sr. Ministro pronunciará el discurso de estilo y pondrá en manos del Sr. Presidente la Credencial que le acredita. El Sr. Presidente contestará enseguida, y llenada esta formalidad le estrechará la mano, lo presentará á los que le rodean y conversará con él breves minutos. (Sic)[24] Anexo No. 3 —CEREMONIAL— PARA LA RECEPCIÓN DE LOS SRES. MINISTROS EXTRANJEROS POR EL SEÑOR PRESIDENTE I.— El día de la recepción del Señor Ministro, y poco antes de la hora señalada, un Ayudante del Señor Presidente de la República irá á buscar á Su Excelencia en un coche de Palacio, invitándole á ocuparlo y tomando asiento á su izquierda.- II.— Un pelotón de caballería escoltará la comitiva hasta el Palacio, donde fuerzas del Ejército Permanente, con banda y música harán al Señor Ministro los honores correspondientes, presentando armas y tocando el Himno Nacional de Cuba.- III.— Otro Ayudante del Señor Presidente esperará á la comitiva al pié de la escalera del Palacio, y la precederá hasta la entrada del salín de recepciones.- IV.— A la entrada de este salón, el Jefe del Negociado de Cancillería de la Secretaría de Estado anunciará á Su Excelencia por su nombre y carácter; el Secretario de Estado se adelantará y le acompañará hasta el centro del salón, donde estará situado el Señor Presidente en pié y rodeado de los señores Secretarios y demás altos funcionarios invitados al acto.- Inmediatamente y sin que medie presentación, el Señor Ministro saludará con una inclinación de cabeza al Jefe del Estado y leerá el discurso de estilo, terminado el cual pondrá en manos del Señor Presidente de la República la Credencial que le acredita. El Señor Presidente á su vez leerá su contestación y después estrechará la mano del Señor Ministro, el cual saludará al Señor Secretario de Estado, quien lo presentará á cada uno de los concurrentes al acto.- V.— Terminada la ceremonia los Señores Secretarios del Despacho acompañarán al Señor Ministro hasta la puerta de la sala de audiencia de la que saldrá en la forma que hubo entrado. En el momento de subir al carruaje, tocará la música el Himno de la Nación del Señor Ministro, quien regresará á su residencia con el mismo ceremonial observado á su llegada.- VI.— Durante la ceremonia, todos los invitados permanecerán de pié.- VII.— El Ayudante del Señor Presidente que acompaña al Señor Ministro á su residencia, le anunciará que momentos después irá a visitarle el Señor Secretario de Estado.- VIII.— En el mismo carruaje y acompañado del Señor Subsecretario de Estado, efectuará la visita el Señor Secretario de Estado.- IX.— En la Gaceta Oficial se insertarán los discursos cambiados en la recepción. Anexo No. 4 índice cronológico-legislativo del derecho de protocolo cubano 1. Circular del Secretario de Estado y Justicia número 4, de 8 de enero de 1903. Sobre uniformidad, orden, tratamiento, etc., en la correspondencia que las Legaciones y Consulados de la República dirijan a esta Secretaría, publicado en Compilación de Decretos del Sr. Presidente y Circulares y Consultas del Departamento referentes al Servicio Diplomático y Consular. 2. Decreto presidencial número 287, de 23 de septiembre de 1904. Autoriza el uso de uniformes para los funcionarios diplomáticos y consulares de la República cuando la costumbre del país donde estuvieren acreditados así lo requiriere. Publicado en Colección Legislativa, tomo 2º, página 337, y en Legislación Orgánica del Poder Ejecutivo, del Dr. Antonio Lancís (1947), página 137. 3. Decreto del Secretario de Estado y Justicia de 1º de agosto de 1905. Publica la descripción de los modelos de uniformes para los miembros de los Cuerpos Diplomático y Consular de la República de Cuba. Gaceta Oficial número 30, de 4 de agosto de 1905, página 1005. 4. Decreto presidencial número 464, de 10 de junio de 1910. Establece el “Ceremonial Diplomático de Cuba”. Gaceta Oficial de 11 de junio de 1910. 5. Decreto presidencial número 134, de 28 de febrero de 1911. Sobre cortesías y honores entre las Fuerzas Armadas y la Marina Nacional. Gaceta Oficial de 2 de marzo de 1911. 6. Decreto presidencial número 147, de 3 de marzo de 1911. Establece el Ceremonial Marítimo. Gaceta Oficial de 6 de marzo de 1911, página 2517. 7. Decreto presidencial número 489, de 22 de julio de 1913. Modifica el artículo 94 del Ceremonial Marítimo. Gaceta Oficial de 31 de julio de 1913. 8. Decreto presidencial número 999, de 17 de junio de 1920. Establece el “Ceremonial Diplomático de Cuba”. Gaceta Oficial de 26 de junio de 1920. 9. Decreto presidencial número 1156, de 19 de julio de 1920. Modifica el Ceremonial Diplomático de 1920. Gaceta Oficial de 28 de julio de 1920. 10. Decreto presidencial número 1584, de 11 de octubre de 1920. Modifica el Ceremonial Marítimo de 1911. Gaceta Oficial de 13 de octubre de 1920, página 5710. 11. Decreto presidencial número 1338, de 18 de junio de 1921. Modifica los artículos 12, 55 y 71 del Ceremonial Diplomático. Gaceta Oficial de 25 de junio de 1921. 12. Decreto presidencial número 287, de 2 de marzo de 1923. Establece el “Ceremonial Diplomático de la República”. Gaceta Oficial de 3 de marzo de 1923, página 4633. 13. Decreto presidencial número 751, de 6 de mayo de 1925. Establece un nuevo “Ceremonial Diplomático” y deroga el Decreto presidencial número 287, de 2 de marzo de 1923. Gaceta Oficial de 8 de mayo de 1925. 14. Decreto presidencial número 1780, de 26 de septiembre de 1932. Dispone que las invitaciones para miembros de los Cuerpos Diplomático y Consular deberán dirigirse por conducto de la Secretaría de Estado. Gaceta Oficial de 15 de diciembre de 1932, página 9701. 15. Decreto presidencial número 81, de 20 de enero de 1936. Modifica el artículo 10 del Ceremonial Diplomático de 1925, en el sentido que el Nuncio Apostólico ejerza siempre las funciones de Decano del Cuerpo Diplomático. Gaceta Oficial Extraordinaria número 14, de 21 de enero de 1936, página 2. 16. Decreto presidencial número 1450, de 18 de mayo de 1936. Dispone que se reconozca y otorgue el tratamiento de Excelencia y Señoría, respectivamente a las autoridades que se consignan. Gaceta Oficial Extraordinaria número 164, de 25 de mayo de 1936. 17. Resolución del Secretario de Estado de 26 de diciembre de 1936. Suspende “por ahora” las audiencias regulares hebdomadarias al Cuerpo Diplomático. Fondo “Secretaría de Estado” del Archivo Nacional de la República, legajo 347, expediente número 6110, folio 31. 18. Decreto presidencial número 85, de 8 de enero de 1937. Deja sin efecto el Decreto presidencial número 1450, de 18 de mayo de 1936. Gaceta Oficial de 11 de enero de 1937, página 354. 19. Decreto presidencial número 1773, de 25 de agosto de 1938. Establece el uniforme de verano para las ceremonias a que concurran los Poderes Públicos. Gaceta Oficial de 31 de agosto de 1938, página 3905. 20. Decreto presidencial número 1075, de 3 de abril de 1943. Modifica el artículo 21 del Ceremonial Diplomático de 1925. Gaceta Oficial de 7 de abril de 1943, página 5793. 21. Decreto presidencial número 2682, de 30 de junio de 1960. Establece el Ceremonial Diplomático de Cuba. Gaceta Oficial de 6 de julio de 1960, página 16266. 22. Decreto-Ley número 67, de 19 de abril de 1983. Establece la estructura y funciones de los órganos y organismos de la administración central del Estado; dispone que el Ministerio de Relaciones Exteriores está encargado de regir todo lo relativo al Ceremonial Diplomático. Gaceta Oficial Extraordinaria número 9, de 19 de abril de 1983, página 61. 23. Ley de la Asamblea Nacional del Poder Popular número 42, de 27 de diciembre de 1983. Ley de los Símbolos Nacionales. Gaceta Oficial Ordinaria Especial número 7, de 27 de diciembre de 1983, página 13. 24. Decreto del Consejo de Ministros número 143, de 14 de abril de 1988. Reglamento de la Ley de los Símbolos Nacionales. Gaceta Oficial Ordinaria número 27, de 14 de abril de 1988, página 417. Notas [1] Miguel Figueroa y Miranda: Manual diplomático, Editora provisional, La Habana, 1959. [2] Cárdenas y Acuña: Protocolo y Ceremonial, Editorial Pueblo y Educación, La Habana, 1991. [3] No quiere esto decir que sea efectivamente el más antiguo, sino el más antiguo que hasta el momento se conoce. Es altamente probable que se hayan redactado ceremoniales con anterioridad a 1905, pero no se han podido localizar dichos documentos. [4]El desmantelamiento normativo no significa que el ceremonial haya desaparecido, sino que dejó de tener un reflejo en la norma jurídica. [5]Según la doctrina, la territorialidad es una de las características esenciales de los Estados, y no sólo significa que este deba asentarse sobre un territorio físico determinado y cierto, sino que además, se refiere a las relaciones entre este y las dependencias administrativas locales. [6] Legajo 3, expediente número 441 del fondo “Secretaría de Estado y Gobernación”, del Archivo Nacional de la República de Cuba. [7]United States National Archives: RG 59, T 158, Roll 1. [8]El texto original dice: “Major Glennan, of the United States Marine Hospital Service”. [9]El texto original dice: “I called on His Excellency, Mr. Carlos de Zaldo”. [10]El Sr. Gilberto Crespo y Martínez tuvo la infrecuente oportunidad de presentar su propia carta de retiro en audiencia privada, al ser nombrado, en enero de 1906, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de los Estados Unidos Mexicanos ante el Imperio de Austria-Hungría, con residencia en Viena. Fue sustituido en su cargo en la Habana por el Sr. José F. Godoy, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de los Estados Unidos Mexicanos, con residencia en Washington. Vid.: legajo número 19, expediente número 530, del fondo “Secretaría de la Presidencia”, Archivo Nacional de la República de Cuba. [11] Revista El Fígaro, número 15, de 29 de julio de 1902, p. 314. [12] Revista El Fígaro, número 31, de 17 de agosto de 1902. [13]Revista El Fígaro, número 18, de 1º de mayo de 1904, p. 215. No obstante lo hasta aquí referido, el Anuario Diplomático y Consular de la República de Cuba (Impr. y Papelería de Rambla y Bouza, La Habana, 1926) dice que Gaytán de Ayala fue acreditado en 1902. [14] Ídem. [15] Gaceta Oficial de la República número 11, de 13 de enero de 1905, p. 301. [16] Fondo “Secretaría de la Presidencia”, Archivo Nacional de la República de Cuba. [17] El 29 de septiembre de 1906, mediante una parca proclama y al amparo de la Enmienda Constitucional y el Tratado Permanente de 1903, el Sr. Taft, a la sazón Secretario de la Guerra de los Estados Unidos, se hizo del gobierno de la República ante la situación de crisis creada por los señores Tomás Estrada Palma y Domingo Méndez Capote, Presidente y Vicepresidente de la República, respectivamente, quienes renunciaron a sus cargos, de tal suerte que dejaron acéfalo al Estado cubano. El 13 de octubre del propio año el Sr. Taft traspasó sus poderes al Sr. Charles E. Magoon. [18] Legajo 91, Nº 22, Fondo: Secretaría de la Presidencia, Archivo Nacional de la República de Cuba. [19] Que anteriormente era el Camino de la Playa y en nuestros días es denominada Calzada o 7ª. [20] El Palacio de la Presidencia fue trasladado en 1924 y el edificio pasó a ser sede la del Ayuntamiento de la Habana. [21] Fondo “Secretaría de la Presidencia”, legajo número 65, expediente número 49; legajo número 116, expediente número 90, del Archivo Nacional de la República de Cuba. [22] Las Instrucciones Provisionales fueron emitidas por el Sr. Carlos de Zaldo, quien fuera el primer Secretario de Estado y Justicia de la República, para que rigieran mientras el Congreso no votara una ley de organización diplomática y consular y el Ejecutivo no la sancionara. Fueron fechadas en 11 de diciembre de 1902. [23] Fondo “Secretaría de la Presidencia” del Archivo Nacional de la República de Cuba, legajo 19, expediente número 554, folio 6. [24] Fondo “Secretaría de la Presidencia” del Archivo Nacional de la República de Cuba, legajo 19, expediente número 554, folio 7. |
por Maikel Arista-Salado
Hernández y Avelino Víctor Couceiro Rodríguez
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vely175@cubarte.cult.cu
Anteriormente publicado en:
1. 2011, Noviembre: Sitio web del Centro Provincial de Patrimonio La Habana.
http://www.patrimoniociudad.cult.cu/investiga.php
2. 2012, Enero-Abril: En número 12 de Calibán Revista Cubana de Pensamiento e
Historia (Unión de Historiadores de Cuba):
http://www.revistacaliban.cu/inicio.php?numero=12
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